Fisuras de la ley de riesgos del trabajo

La Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), 24.557, nació con el objetivo de proteger al trabajador de los infortunios del trabajo y secundariamente disminuir la industria del juicio. Desde su creación, ha tenido muchos cambios en el orden administrativo y algunos parches en las actualizaciones de medicina laboral, el último, el decreto 49/2014, introduce cambios en el decreto 658/96, Lista de Enfermedades Profesionales, que no se ajustan los criterios médicos legales, de lo que es una Enfermedad Profesional

La LRT que ya tiene una experiencia de 19 años, remplazó a la ley 24.028 y esta a la 9.688. La ley 24.557, por lo menos desde la teoría, trató de cubrir un espacio que no estaba contemplado hasta el momento, la prevención, rehabilitación y reinserción del trabajador en relación a las enfermedades y accidentes del trabajo; lo único que se hacía con el amparo de las leyes predecesoras, era la reparación indemnizatoria del accidentado y el oportunismo de algunos interesados, fomentaron la industria del juicio demandando como laboral todas las enfermedades que pudiera presentar un trabajador a lo largo de la vida.

Para evitar esto, la ley 24.557, creó una lista taxativa de Enfermedades Profesionales, con el decreto 658/96. Esta lista surgió del conocimiento técnico de los asesores de la OPS, que se fundamentaron en el listado de la OIT y otros listados de enfermedades de distintos países, y por otro lado, de las presiones de la negociación entre sindicalistas y empresarios.

La ley en general, fue positiva, en especial si se valora los tratamientos y rehabilitación dados a los trabajadores accidentados. Pero no fue tan positiva para evitar la industria del juicio. En un principio, fue contundente, pero a medida que se fueron conociendo las pequeñas fisuras que legalmente tenía la ley, comenzaron a filtrarse un número creciente de demandas que retrocedió la lucha a foja cero.

Una de esas fisuras fueron algunas de las enfermedades que se incorporaron al listado de Enfermedades Profesionales, sin un fundamento técnico sustentable, fruto de las negociaciones entre sindicalistas y empleadores para aprobar la ley. Por el otro lado, el Manual de Procedimientos para el Diagnóstico de Enfermedades Profesionales, (Laudo 405/96 MT y SS), creado como una herramienta para determinar claramente la metodología a seguir para realizar el diagnostico de Enfermedad Laborales, no fue lo suficientemente eficiente para lograr encuadrar de manera clara y precisa, las características de estas patologías y evitar que se conviertan en lo que son, los caballitos de batalla de la industria del juicio.

Entre las pocas enfermedades profesionales malogradas por la ley, están: Síndrome Cervicobraquial, Hombro doloroso, Higroma, tendinitis, espondiloartrosis lumbar y otras pocas más. Para aumentar esta fisura, se ha promulgado recientemente el decreto 49/2014 que incorpora como enfermedades profesionales a Várices y Hernias Inguinales y Crurales.

El motivo de esta confusión, es que algunas de estas enfermedades no son descriptas como tales en los tratados de medicina, es decir no existen como enfermedad en ninguna de las ramas de la medicina actual; otras son patologías muy frecuentes en la población en general y no es claro cuándo es una enfermedad profesional y cuándo una enfermedad inculpable, otras enfermedades no deberían entrar como enfermedades laborales sino ser considerados como accidentes laborales.

Estos mal entendidos, no son difíciles de solucionar, lo importante es hacer una actualización con criterios, metodologías y rigor científico, del Listado de Enfermedad Profesional (decreto 658/96) y del Manual para el Diagnóstico de Enfermedades Profesionales (Laudo 405/96) convocando a especialistas con experiencia y honestidad intelectual y pidiendo a los sindicalistas y empresarios que dejen de lado sus intereses corporativos y trabajen en post de la salud laboral de los trabajadores.

Uno de los objetivos de esta vía de comunicación, es aportar algunas de las posibles modificaciones a realizar que pueden ser beneficiosas para mejorar la prevención de enfermedades laborales y subsidiariamente disminuir la litigiosidad laboral.

María E. Torres Mariano

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    Derechos del paciente: lo que es necesario saber

    Introducción

    Los derechos del paciente constituyen un eje central en la práctica médica moderna. Son esenciales no solo para garantizar una atención sanitaria ética y de calidad, sino también para proteger la dignidad, la autonomía y la integridad de las personas que requieren asistencia médica.

    En el corazón de una atención ética y humanitaria se encuentran estos derechos fundamentales, que no solo resguardan al paciente, sino que también estructuran una relación médico-paciente basada en la confianza, el respeto y la toma de decisiones compartidas.

    Este artículo tiene como objetivo analizar los derechos del paciente desde una perspectiva legal y ética, destacar su relevancia en la práctica médica y fomentar su difusión tanto a nivel individual como colectivo.

    La importancia de difundir los derechos del paciente

    Difundir los derechos del paciente permite:

    1. Empoderar al paciente para que participe activamente en su proceso de atención.
    2. Promover la autonomía personal en la toma de decisiones médicas.
    3. Garantizar una atención centrada en la persona, más justa y equitativa.
    4. Prevenir prácticas abusivas o paternalistas.
    5. Fortalecer la confianza en los profesionales y el sistema de salud.
    6. Fomentar la transparencia en la comunicación médico-paciente.
    7. Reducir conflictos legales mediante prácticas claras e informadas.
    8. Favorecer la ética profesional, al reforzar el respeto por el paciente.
    9. Mejorar la calidad de la atención médica.
    10. Fortalecer el acceso a la salud como derecho humano fundamental.

    Ética y autonomía del pacien00te

    La autonomía del paciente constituye un principio fundamental de la bioética. Implica el derecho a decidir libremente sobre su cuerpo y sus tratamientos. Esta autonomía se expresa a través del consentimiento informado, el acceso a la información clara y la posibilidad de rechazar procedimientos médicos.

    La relación médico-paciente debe ser una alianza basada en la confianza y el respeto mutuo, donde:

    • El paciente elige a su médico o equipo de salud.
    • El médico acepta asistirlo y actúa con competencia técnica, empatía y ética.
    • Ambos cumplen roles definidos: el paciente aporta sinceridad y responsabilidad, y el médico orientación profesional y respeto por sus derechos.

    Derechos del paciente frente al equipo de salud

    Los principales derechos del paciente incluyen:

    • Ser tratado con respeto, dignidad y cortesía.
    • Recibir atención médica oportuna y adecuada.
    • Acceder a información comprensible sobre su estado de salud, diagnósticos y alternativas terapéuticas.
    • Formular preguntas y recibir respuestas claras.
    • Otorgar o rechazar su consentimiento para tratamientos médicos.
    • Resguardar su privacidad y confidencialidad.
    • Obtener copias de su historia clínica.
    • Solicitar segundas opiniones.
    • Ser informado sobre eventuales conflictos de interés del profesional.
    • Gozar de continuidad en la atención, sin interrupciones arbitrarias.

    Marco legal en Argentina

    En la República Argentina, los derechos del paciente están regulados por un marco normativo sólido, que garantiza el respeto a la dignidad, la autonomía y la privacidad de las personas en el ámbito de la salud.

    I. Consentimiento informado

    Es el derecho del paciente a aceptar o rechazar cualquier procedimiento médico, luego de haber recibido información completa, clara y adecuada a su nivel de comprensión.

    Normas que lo regulan:

    • Código Civil y Comercial de la Nación (Art. 59 y Art. 60): Exige el consentimiento libre e informado para toda intervención médica, y establece que debe ser escrito en procedimientos de riesgo o invasivos.
    • Ley N° 26.529 de Derechos del Paciente: Establece que el consentimiento es un derecho irrenunciable y exige que la información sea veraz, suficiente y oportuna.
    • Código de Ética de la Confederación Médica Argentina: Obliga a los profesionales a explicar con claridad la naturaleza, alcance, riesgos y beneficios de los procedimientos.
    • Leyes provinciales complementarias, como la Ley N° 10.579 de la provincia de Buenos Aires.

    II. Confidencialidad médica y secreto profesional

    El derecho a la confidencialidad protege la información médica personal del paciente. Su violación puede tener consecuencias legales y éticas para los profesionales.

    Principios clave:

    • Los datos clínicos, diagnósticos y tratamientos no deben ser divulgados sin consentimiento expreso del paciente, salvo en los casos previstos por la ley.
    • Todos los integrantes del equipo de salud están obligados a guardar confidencialidad.
    • La obligación de confidencialidad persiste incluso luego de finalizada la relación médico-paciente.

    Excepción en pericias judiciales:

    Cuando la justicia requiere al médico para realizar una pericia, este puede proporcionar solo la información estrictamente necesaria para cumplir con el requerimiento, respetando el principio de proporcionalidad. Es fundamental que el paciente sea informado previamente sobre los alcances y limitaciones del secreto profesional en estos contextos.

    III. Acceso a la historia clínica

    Todo paciente tiene derecho a acceder a su historia clínica, solicitar copias y requerir correcciones cuando existan errores.

    Aspectos legales relevantes:

    • Ley 26.529: Establece el derecho a obtener copias en un plazo razonable y con un costo acorde.
    • Los registros médicos deben ser claros, completos y veraces, respetando la confidencialidad y el derecho del paciente a la información.
    • Este acceso refuerza la transparencia y permite ejercer de manera efectiva otros derechos, como el consentimiento informado y la posibilidad de solicitar segundas opiniones.

    Conclusión

    Difundir y proteger los derechos del paciente no es una tarea secundaria: es un deber ético, legal y profesional. En Argentina, estos derechos se encuentran respaldados por un marco normativo que busca garantizar una atención médica basada en la dignidad, la autonomía y la equidad.

    Los profesionales de la salud tienen la responsabilidad de conocer estos derechos, promover su cumplimiento y actuar siempre en defensa de la integridad del paciente. Solo a través de una práctica ética y respetuosa se podrá construir un sistema de salud más justo, humano y confiable.

  • La muerte de Iván Ilich

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    Educación, pobreza, delincuencia y adicciones: un círculo vicioso

    Villas de emergencias en Argentina que muestra el grado de hacinamiento de poblaciones marginadas.

    En un país donde la educación no ha sido una prioridad para sus gobernantes y la corrupción ha fomentado la pobreza, no sorprende el nivel de delincuencia y adicciones que azota a todo el territorio nacional, en especial, los grandes centros urbanos.

    La falta de instrucción escolar y la pobreza clientelar, son un excelente caldo de cultivo para generar delincuentes y adictos a drogas ilegales y algunas legales. Estos factores se entrelazan, generando una dinámica de exclusión social que limitan las oportunidades laborales y de progreso y perpetúa la marginalidad.

    La educación como factor determinante

    La educación es uno de los pilares fundamentales para el desarrollo individual y social. Sin embargo, en muchas comunidades pobres, el acceso a una educación de calidad es limitado. La falta de recursos, infraestructura deficiente y la necesidad de los niños y adolescentes de trabajar para contribuir a la economía familiar impiden la continuidad en la escuela. Como resultado, muchos jóvenes abandonan sus estudios sin las herramientas necesarias para acceder a empleos dignos y bien remunerados. A muchos de ellos se los podría calificar como analfabetos funcionales

    Este tipo de analfabetismo afecta significativamente la empleabilidad, la participación ciudadana y la calidad de vida de las personas, ya que dificulta el acceso a la educación continua y al mercado laboral calificado.

    Pobreza y exclusión social

    La pobreza no es solo la carencia de recursos económicos, sino también la falta de acceso a servicios esenciales como salud, vivienda y educación. Sin una formación adecuada, las posibilidades de empleo formal se reducen drásticamente, lo que perpetúa la situación de vulnerabilidad económica y social. Esto lleva a que muchas personas busquen formas alternativas de subsistencia, que en algunos casos incluyen actividades delictivas.

    Delincuencia: una salida desesperada

    Ante la falta de oportunidades, la delincuencia se convierte en una «salida» para algunos sectores marginados. La falta de educación impide el desarrollo de habilidades y conocimientos que faciliten la inserción en el mercado laboral, y la pobreza aumenta la tentación de obtener ingresos rápidos a través de actividades ilícitas. Además, la descomposición del tejido social y la falta de modelos positivos de referencia contribuyen a que los jóvenes caigan en entornos criminales.

    Adicciones: un escape con consecuencias devastadoras

    Las drogas y el alcohol se presentan muchas veces como una vía de escape ante la frustración y el desamparo. Las personas en situación de pobreza, sin oportunidades y con un entorno marcado por la violencia, encuentran en las sustancias una forma de evadir su realidad. Sin embargo, las adicciones agravan la situación, debilitando aún más las posibilidades de salir del círculo de exclusión y, en muchos casos, favoreciendo la participación en actividades delictivas para sostener el consumo.

    Además del analfabetismo funcional, la pobreza y las adicciones, existen otros factores que influyen en el aumento de la delincuencia. Algunos de los más relevantes son:

    1. Desintegración familiar y falta de contención

    La ausencia de un entorno familiar estable, la violencia intrafamiliar y la falta de referentes positivos pueden llevar a los jóvenes a buscar identidad y apoyo en grupos delictivos o pandillas.

    2. Falta de oportunidades laborales

    La escasez de empleo digno y bien remunerado empuja a muchas personas a buscar ingresos a través de actividades ilícitas. La informalidad laboral y la precarización del trabajo también contribuyen a este problema.

    3. Impunidad y corrupción

    Cuando el sistema de justicia es ineficaz o corrupto, se genera una sensación de impunidad que incentiva la reincidencia delictiva. Si los criminales no reciben sanciones adecuadas, fomenta el delito se convierte en una alternativa viable.

    4. Desigualdad social y exclusión

    Las grandes brechas entre sectores ricos y pobres generan resentimiento y falta de sentido de pertenencia a la sociedad. Esto puede llevar a la delincuencia como un medio de “ajuste de cuentas” o de acceso a bienes y servicios inaccesibles por medios legales.

    5. Influencia del crimen organizado

    El narcotráfico, la trata de personas y otras redes criminales organizadas captan a jóvenes y adultos en situación vulnerable, ofreciéndoles dinero fácil y protección a cambio de involucrarse en actividades ilegales.

    6. Falta de educación en valores y civismo

    El debilitamiento de la enseñanza en valores como la responsabilidad, el respeto y la solidaridad contribuye a una sociedad donde el individualismo y la falta de empatía pueden facilitar conductas delictivas.

    7. Urbanización descontrolada y falta de acceso a servicios básicos

    El crecimiento de barrios marginales sin infraestructura adecuada, sin acceso a educación, salud o espacios recreativos, genera ambientes propicios para la delincuencia al carecer de alternativas de desarrollo.

    8. Violencia y cultura delictiva normalizada

    El cine, la música y ciertos discursos sociales que glorifican la violencia y la vida criminal pueden influir en jóvenes en situación de vulnerabilidad, haciéndoles ver el delito como un camino legítimo o aspiracional.

    9. Enfermedades mentales sin tratamiento adecuado

    Trastornos como la esquizofrenia, el trastorno antisocial de la personalidad o la depresión severa pueden llevar a comportamientos violentos si no se diagnostican y tratan correctamente, especialmente cuando se combinan con abuso de sustancias.

    10. Falta de control de armas

    El acceso fácil a armas de fuego aumenta la violencia y la letalidad de los delitos, facilitando tanto los homicidios como la actividad de bandas criminales y organizaciones delictivas.

    Estos factores se interrelacionan y refuerzan entre sí, haciendo que la delincuencia no sea un problema aislado, sino el resultado de múltiples fallas estructurales en la sociedad. Para reducir el delito, es fundamental abordar estos elementos de manera integral.

    Rompiendo el ciclo

    Para romper este círculo vicioso, es fundamental implementar políticas públicas integrales que aborden la educación, la inclusión laboral, la prevención del delito y el tratamiento de las adicciones. Algunas estrategias clave incluyen:

    • Mejorar el acceso a la educación: garantizar escuelas bien equipadas, docentes capacitados y programas de apoyo para niños en situación vulnerable.
    • Generar oportunidades laborales: fomentar la capacitación y el empleo digno para jóvenes y adultos en situación de pobreza.
    • Fortalecer la seguridad social: asegurar el acceso a servicios de salud, vivienda y apoyo comunitario para reducir la exclusión.
    • Programas de prevención y rehabilitación: invertir en programas de prevención de adicciones y en centros de rehabilitación accesibles.

    La solución no es sencilla ni inmediata, pero con una visión integral y un compromiso real, es posible cambiar el destino de millones de personas atrapadas en este ciclo de pobreza, delincuencia y adicciones. La clave está en brindar oportunidades reales y construir una sociedad más justa e inclusiva.

    Para reducir la delincuencia y mejorar la seguridad ciudadana, el Estado debe implementar una estrategia integral basada en prevención, control y reinserción social. Los ejes principales de acción deberían ser:

    1. Educación y formación laboral
    • Garantizar acceso a educación de calidad desde la infancia, con énfasis en la enseñanza de valores, civismo y resolución de conflictos.
    • Ampliar programas de educación para adultos y alfabetización funcional.
    • Desarrollar planes de formación técnica y capacitación laboral para jóvenes en situación de riesgo.
    • Incentivar la permanencia en la escuela con becas, alimentación y transporte gratuito en zonas vulnerables.
    2. Desarrollo social y reducción de la desigualdad
    • Implementar políticas que reduzcan la pobreza extrema y fomenten la inclusión social.
    • Mejorar el acceso a vivienda digna, salud y servicios básicos en comunidades marginadas.
    • Crear espacios recreativos, deportivos y culturales para ofrecer alternativas a los jóvenes y evitar que caigan en la delincuencia.
    3. Generación de empleo y economía formal
    • Fomentar la creación de empleo en sectores estratégicos y garantizar salarios dignos.
    • Incentivar a las empresas para que contraten jóvenes en riesgo de exclusión mediante beneficios fiscales.
    • Apoyar emprendimientos en comunidades vulnerables con acceso a créditos y asesoramiento.
    4. Fortalecimiento del sistema de justicia y lucha contra la impunidad
    • Agilizar los procesos judiciales para evitar la sensación de impunidad.
    • Combatir la corrupción en la policía, el sistema judicial y las instituciones públicas.
    • Garantizar que las penas sean proporcionales al delito y que se cumplan efectivamente.
    • Fomentar el uso de tecnología en la seguridad pública (videovigilancia, análisis de datos criminales).
    5. Prevención y combate al crimen organizado
    • Desmantelar redes criminales con estrategias de inteligencia y cooperación internacional.
    • Endurecer los controles de tráfico de armas y drogas.
    • Combatir la trata de personas y el lavado de dinero.
    • Asegurar la protección de testigos y denunciantes.
    6. Rehabilitación y reinserción social de delincuentes
    • Implementar programas efectivos de rehabilitación en cárceles con educación, terapia y formación laboral.
    • Mejorar las condiciones carcelarias para evitar que las prisiones se conviertan en “escuelas del crimen”.
    • Ofrecer oportunidades de reinserción para evitar la reincidencia delictiva.
    7. Regulación y control de armas
    • Endurecer los requisitos para la compra y portación de armas.
    • Implementar operativos de desarme en comunidades con altos índices de violencia.
    • Aumentar las penas por posesión ilegal de armas.
    8. Atención a la salud mental y lucha contra las adicciones
    • Ampliar el acceso a tratamientos de salud mental y adicciones en sectores vulnerables.
    • Crear centros de rehabilitación gratuitos y programas de prevención del consumo de drogas.
    • Desarrollar campañas de concienciación sobre el impacto de las adicciones y la violencia.
    9. Participación ciudadana y vigilancia comunitaria
    • Fomentar la participación de la comunidad en la prevención del delito a través de programas de vigilancia vecinal.
    • Crear canales de denuncia anónima y mecanismos de protección para los denunciantes.
    • Fortalecer la confianza en las fuerzas de seguridad mediante una policía más cercana y profesional.
    10. Reforma policial y fortalecimiento de la seguridad
    • Profesionalizar las fuerzas de seguridad con mejor formación, supervisión y control.
    • Mejorar las condiciones laborales y salariales de los agentes para reducir la corrupción.
    • Implementar estrategias de patrullaje inteligente y prevención del delito.

    Estas acciones requieren un compromiso a largo plazo, inversión sostenida y un enfoque integral que combine medidas sociales, económicas y de seguridad. Sin una estrategia equilibrada, cualquier política enfocada solo en la represión o solo en la prevención tendrá efectos limitados.

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    Historias de la Caja de Jubilaciones

    Historias de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiro de la Provincia de Córdoba :
    Los que sí y los que no se jubilaban por invalidez.

    A la hora de criticar la liberalidad con que se concedían jubilaciones extraordinarias (que serían comparables a las que hoy se conocen como jubilaciones por invalidez) la Caja destacaba que estos jubilados que se retiraban de la actividad por estar gravemente enfermos tenían al menos la misma expectativa de vida que quienes se retiraban solo por haber alcanzado la edad necesaria. Es decir que los teóricamente enfermos vivían tanto como los teóricamente sanos. 

    Sin embargo, una lectura puntual de algunas memorias revela no sólo que los enfermos vivían tanto como los sanos, sino que incluso vivían más. 

    De la Memoria de 1916, se desprende que hasta el fin de ese año, 73 trabajadores habían sido beneficiados con la jubilación ordinaria y 63 con la extraordinaria. Pues bien, en el primer caso hubo seis fallecimiento, mientras que en segundo las muertes fueron cuatro.

    Eso significa que entre los jubilados «sanos», el porcentaje de mortalidad era del 8.2 por ciento mientras que entre los «enfermos» llegaba sólo al 6.3 por ciento, índices reñidos con lo que la lógica y hasta el más elemental sentido común entiende por «salud» y «enfermedad».

    Al examinar las causas por las que se concedieron algunas jubilaciones extraordinarias, se encuentran patologías que hoy nos parecen serias y evidentes causales de incapacidad como hemiplejia, ceguera o afección cardíaca. Pero junto a esas hay otras que hoy suenan lees, como presbicia, otitis crónica, úlcera, hernia inguinal y hemorroides. Y los más extraños son esos otros diagnósticos que resultan difíciles de interpretar a un siglo de distancia como neurastenia, surmenage, temblor permanente de ambas manos o desgaste orgánico.

    Igualmente revelador es revisar síntesis de expedientes iniciados para gestionar la jubilación extraordinaria. Así tenemos el caso de M.U. (las reseñas de expedientes identifican a los causantes solo por sus iniciales), quien alegaba «sufrir colitis y dilatación del estómago» ante lo cual el Consejo de Higiene informó que su dolencia «lo deprime por debilitamiento, impidiéndole un trabajo regular y continuado», pero al mismo tiempo consideró que ese mal era «susceptible de modificación favorable con un régimen racional de alimentación», por lo que la solicitud fue rechazada.

    Otro caso llamativo fue el de R.E., quien tras 16 años de servicios invocó su «imposibilidad física para el trabajo. Un examen médico constató que la imposibilidad existía, pero que databa desde que el empleado tenía 9 años de edad (pudo haber sido polio. N. del E.) a  la vez que el jefe de su repartición declaró que a raíz de esa dolencia «el interesado jamás desempeño el puesto que figura en planillas». Aquí la Caja consideró que la ley «concede beneficios solo en virtud de servicios prestados y no por le mero hecho de cobrar sueldo», por lo que rechazó el pedido.

    Mejor suerte tuvo R.V. quien tramitó su jubilación extraordinaria por padecer de «catarro bronquial y faringitis por el excesivo uso de tabaco, la que se comunica a las trompas con obstrucción tubaria completa produciéndola una sordera acentuada en algunos momentos». Según el Consejo de Higiene, el interesado «si bien no está imposibilitado de un modo absoluto para el trabajo, debe someterse a un tratamiento prudencial a fin de obtener la modificación de su estado». En este caso , la Caja rechazó el pedido apelando a la doctrina de distinguir «entre la imposibilidad que como una desgracia ha caído sobre un honesto empleado y la otra imposibilidad contraída por el mismo interesado». Este rechazo fue apelado y un nuevo informe médico consideró «no probable una mejoría aunque el recurrente se someta a un riguroso tratamiento dado el estado de desnutrición en que se encuentra», por lo que el Ejecutivo revocó el dictamen previo y concedió la jubilación. Al buscar la siglas R.V. en el listado de jubilados, se encuentra que se llamaba Rolando Villagra, tenía 50 años de edad, 25 de servicio y se desempeñaba en la policía como comisario inspector.

    Extraído de: «La Caja, 100 años: Vieja y Cordobesa» Mario Daniel Mercuri (et.al.) 1° ed.. Caja de jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, 2013.
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    Leyes Argentinas sobre Mala Praxis Médica: Definición, Características y Prevención

    Introducción

    La mala praxis médica es un tema de gran relevancia en el ámbito del derecho y la salud, ya que involucra la responsabilidad de los profesionales de la medicina frente a errores o negligencias en la atención de los pacientes. En Argentina, este tipo de casos está regulado por diversas normativas y puede derivar en consecuencias civiles, penales y administrativas para el profesional involucrado.

    Este artículo analizará en profundidad la mala praxis médica en Argentina, su definición, características, marco legal vigente y medidas de prevención que los profesionales pueden adoptar para evitar incurrir en este tipo de responsabilidad.

    Definición de Mala Praxis Médica

    La mala praxis médica se refiere a la acción u omisión cometida por un profesional de la salud que, debido a negligencia, imprudencia o impericia, causa un daño al paciente. Se trata de una conducta que se aparta del estándar de diligencia exigido en la práctica médica y que puede generar responsabilidad legal para el profesional.

    Elementos Claves de la Mala Praxis

    Para que una acción u omisión sea considerada mala praxis, deben concurrir ciertos elementos fundamentales:

    1. Acto Médico: Debe existir una intervención del profesional de la salud sobre el paciente, ya sea un diagnóstico, tratamiento, cirugía, medicación, entre otros.
    2. Incumplimiento del Deber de Cuidado: Se debe probar que el profesional actuó de manera negligente, imprudente o con impericia.
    3. Daño al Paciente: El paciente debe haber sufrido un perjuicio físico, psíquico o moral como consecuencia del accionar médico.
    4. Relación de Causalidad: Se debe demostrar que el daño sufrido por el paciente fue consecuencia directa del accionar del profesional.

    Características de la Mala Praxis Médica

    Las principales características de la mala praxis incluyen:

    • Carácter Profesional: Solo puede ser cometida por un profesional de la salud.
    • Acción u Omisión: Puede derivarse tanto de una acción errónea como de la falta de acción necesaria.
    • Resultado Perjudicial: Debe existir un daño tangible al paciente.
    • Requiere Pericia Médica: Para determinar si hubo mala praxis, es necesario contar con un informe pericial que acredite el error o negligencia.

    Posibles Causas de la Mala Praxis Médica

    Existen múltiples factores que pueden llevar a la mala praxis médica. Algunas de las causas más comunes incluyen:

    1. Falta de Capacitación o Actualización Profesional: La medicina es un campo en constante evolución. No mantenerse actualizado con los avances en tratamientos, tecnologías y procedimientos puede llevar a diagnósticos erróneos o tratamientos inadecuados.
    2. Fallas en la Comunicación: Una comunicación deficiente entre el médico y el paciente, o entre los diferentes miembros del equipo de salud, puede resultar en errores de diagnóstico, administración incorrecta de medicamentos o procedimientos médicos mal ejecutados.
    3. Sobrecarga Laboral y Fatiga Médica: Multiempleo, jornadas laborales extensas, altos volúmenes de pacientes y estrés pueden provocar descuidos, errores de juicio y reducción en la calidad de la atención médica.
    4. Errores en la Prescripción de Medicamentos: La administración incorrecta de fármacos, ya sea por dosis inadecuadas, interacciones medicamentosas o confusión en la prescripción, es una causa frecuente de daño al paciente.
    5. Uso Incorrecto de Equipamiento Médico: La falta de capacitación en el uso de nuevas tecnologías o fallos en los dispositivos médicos pueden contribuir a incidentes adversos.
    6. Deficiencias en el Diagnóstico: Un diagnóstico tardío o erróneo puede agravar la condición del paciente, impidiendo un tratamiento adecuado y oportuno.
    7. Inobservancia de Protocolos y Normas Clínicas: No seguir las guías y normativas establecidas para la atención de pacientes puede derivar en fallos en la seguridad del paciente.

    Marco Legal en Argentina

    En Argentina, la responsabilidad médica por mala praxis puede encuadrarse en distintos ámbitos del derecho:

    1. Responsabilidad Civil

    El Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) establece la responsabilidad del médico en base al incumplimiento de la obligación de medios. Esto significa que el profesional debe poner todos los recursos a su disposición para tratar al paciente, pero no garantiza un resultado exitoso.

    Los artículos relevantes son:

    • Artículo 1721: Obliga a indemnizar cuando una acción u omisión cause un daño.
    • Artículo 1757 y 1758: Determinan la responsabilidad civil del profesional y la relación de causalidad.

    2. Responsabilidad Penal

    Cuando la mala praxis tiene consecuencias graves, el profesional puede enfrentar cargos penales, contemplados en el Código Penal:

    • Artículo 84: Penaliza la muerte causada por negligencia, impericia o imprudencia.
    • Artículo 94: Sanciona las lesiones graves provocadas por negligencia médica.

    Las penas pueden incluir prisión, inhabilitación para ejercer la medicina o multas económicas.

    3. Responsabilidad Administrativa

    El Ministerio de Salud y los colegios profesionales pueden sancionar a los médicos por faltas éticas o deontológicas. Las sanciones incluyen apercibimientos, suspensiones y, en casos extremos, la pérdida de la matrícula profesional.

    Tipos de Mala Praxis Médica

    La mala praxis puede clasificarse según la causa del error:

    1. Negligencia: Omisión de cuidados o falta de atención adecuada.
    2. Impericia: Falta de conocimientos o habilidades técnicas.
    3. Imprudencia: Actuación apresurada sin considerar los riesgos.
    4. Inobservancia de Protocolos: No seguir normativas y prácticas médicas establecidas.

    Cómo Prevenir la Mala Praxis Médica

    Los profesionales de la salud pueden adoptar diversas estrategias para evitar incurrir en mala praxis:

    1. Capacitación Continua

    Los avances en la medicina y la tecnología sanitaria exigen que los profesionales actualicen sus conocimientos y habilidades de manera constante. Participar en congresos, cursos, seminarios y leer publicaciones científicas garantiza que el médico esté al tanto de las mejores prácticas y tratamientos disponibles, evitando errores por desconocimiento o falta de actualización.

    2. Historia Clínica Completa

    Mantener un registro exhaustivo y detallado de la historia clínica del paciente es clave para prevenir errores y demostrar la atención brindada en caso de un reclamo legal. Es importante incluir antecedentes médicos, diagnósticos, tratamientos, evolución del paciente, exámenes complementarios y consentimiento informado. Un registro deficiente o incompleto puede ser interpretado como negligencia en un juicio.

    3. Comunicación con el Paciente

    Una comunicación efectiva con el paciente y sus familiares puede prevenir malentendidos y reducir el riesgo de demandas. Explicar con claridad el diagnóstico, opciones de tratamiento, posibles complicaciones y pronóstico ayuda a generar confianza y permite al paciente tomar decisiones informadas sobre su salud. Es recomendable documentar estas interacciones en la historia clínica.

    4. Cumplimiento de Protocolos y Normas

    Respetar los protocolos establecidos por las instituciones de salud y los organismos oficiales minimiza el margen de error en los procedimientos médicos. Esto incluye la correcta administración de medicamentos, la esterilización de equipos, el seguimiento de guías clínicas y la adopción de medidas de seguridad en cirugías y otros procedimientos invasivos. La inobservancia de estos protocolos puede ser considerada negligencia.

    5. Trabajo en Equipo

    La medicina es una disciplina interdisciplinaria, y la coordinación entre los diferentes profesionales de la salud es crucial para evitar errores. La consulta con colegas, el trabajo en conjunto con enfermeros, técnicos y especialistas, y la supervisión adecuada de los procesos clínicos pueden prevenir fallos en la atención médica. Un error de comunicación o una mala delegación de responsabilidades pueden derivar en consecuencias graves para el paciente.

    6. Uso de Tecnología y Herramientas Digitales

    La digitalización de la salud ha demostrado ser una aliada en la reducción de errores médicos. La implementación de sistemas de historia clínica electrónica permite un acceso rápido y seguro a la información del paciente, minimizando riesgos de errores en la medicación o interacciones farmacológicas. Además, el uso de inteligencia artificial y software de apoyo en diagnóstico puede ayudar a mejorar la precisión en la toma de decisiones clínicas.

    Conclusión

    La mala praxis médica es una problemática compleja que involucra aspectos legales, éticos y profesionales. En Argentina, el marco normativo vigente regula la responsabilidad de los profesionales de la salud, estableciendo consecuencias civiles, penales y administrativas en caso de errores o negligencias.

    Referencias Bibliográficas

    1. Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.
    2. Código Penal de la Nación Argentina.
    3. Ministerio de Salud de la Nación – Normativas sobre responsabilidad profesional.
    4. Organización Mundial de la Salud – Seguridad del paciente.
    5. Colegio Médico de Argentina – Guía de ética profesional.
    6. Jurisprudencia argentina en casos de mala praxis.
    7. Ley de Derechos del Paciente (Ley 26.529).
    8. Manual de Responsabilidad Médica – Editorial La Ley.
    9. Publicaciones de la Asociación Argentina de Derecho Médico.
    10. Revista Argentina de Bioética y Derecho Médico.

    Características de la Mala Praxis Médica

    Las principales características de la mala praxis incluyen:

    • Carácter Profesional: Solo puede ser cometida por un profesional de la salud.
    • Acción u Omisión: Puede derivarse tanto de una acción errónea como de la falta de acción necesaria.
    • Resultado Perjudicial: Debe existir un daño tangible al paciente.
    • Requiere Pericia Médica: Para determinar si hubo mala praxis, es necesario contar con un informe pericial que acredite el error o negligencia.

    Marco Legal en Argentina

    En Argentina, la responsabilidad médica por mala praxis puede encuadrarse en distintos ámbitos del derecho:

    1. Responsabilidad Civil

    El Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) establece la responsabilidad del médico en base al incumplimiento de la obligación de medios. Esto significa que el profesional debe poner todos los recursos a su disposición para tratar al paciente, pero no garantiza un resultado exitoso.

    Los artículos relevantes son:

    • Artículo 1721: Obliga a indemnizar cuando una acción u omisión cause un daño.
    • Artículo 1757 y 1758: Determinan la responsabilidad civil del profesional y la relación de causalidad.

    2. Responsabilidad Penal

    Cuando la mala praxis tiene consecuencias graves, el profesional puede enfrentar cargos penales, contemplados en el Código Penal:

    • Artículo 84: Penaliza la muerte causada por negligencia, impericia o imprudencia.
    • Artículo 94: Sanciona las lesiones graves provocadas por negligencia médica.

    Las penas pueden incluir prisión, inhabilitación para ejercer la medicina o multas económicas.

    3. Responsabilidad Administrativa

    El Ministerio de Salud y los colegios profesionales pueden sancionar a los médicos por faltas éticas o deontológicas. Las sanciones incluyen apercibimientos, suspensiones y, en casos extremos, la pérdida de la matrícula profesional.

    Tipos de Mala Praxis Médica

    La mala praxis puede clasificarse según la causa del error:

    1. Negligencia: Omisión de cuidados o falta de atención adecuada.
    2. Impericia: Falta de conocimientos o habilidades técnicas.
    3. Imprudencia: Actuación apresurada sin considerar los riesgos.
    4. Inobservancia de Protocolos: No seguir normativas y prácticas médicas establecidas.

    Cómo Prevenir la Mala Praxis Médica

    Los profesionales de la salud pueden adoptar diversas estrategias para evitar incurrir en mala praxis:

    1. Capacitación Continua

    Actualizar conocimientos y habilidades de manera constante es fundamental para evitar errores derivados de la falta de información o formación insuficiente.

    2. Historia Clínica Completa

    Llevar registros detallados de los antecedentes, diagnósticos, tratamientos y procedimientos es clave para demostrar la atención brindada y reducir la posibilidad de errores.

    3. Comunicación con el Paciente

    Explicar diagnósticos, procedimientos y posibles riesgos de forma clara y comprensible, obteniendo siempre el consentimiento informado del paciente.

    4. Cumplimiento de Protocolos y Normas

    Seguir los protocolos establecidos por instituciones de salud y organismos oficiales ayuda a reducir el margen de error y asegurar una atención de calidad.

    5. Trabajo en Equipo

    La coordinación entre profesionales de la salud mejora la calidad de atención y previene errores derivados de la falta de comunicación o supervisión.

    6. Uso de Tecnología y Herramientas Digitales

    La implementación de sistemas de gestión clínica y herramientas digitales ayuda a mejorar la precisión en diagnósticos y tratamientos.

    Conclusión

    La mala praxis médica es una problemática compleja que involucra aspectos legales, éticos y profesionales. En Argentina, el marco normativo vigente regula la responsabilidad de los profesionales de la salud, estableciendo consecuencias civiles, penales y administrativas en caso de errores o negligencias.

    Para evitar incurrir en mala praxis, los médicos deben priorizar la formación continua, el cumplimiento de protocolos, una comunicación efectiva con los pacientes y el uso adecuado de tecnología. Estas medidas no solo protegen al profesional, sino que también garantizan una atención de calidad y seguridad para los pacientes.

    Referencias Bibliográficas

    1. Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.
    2. Código Penal de la Nación Argentina.
    3. Ministerio de Salud de la Nación – Normativas sobre responsabilidad profesional.
    4. Organización Mundial de la Salud – Seguridad del paciente.
    5. Colegio Médico de Argentina – Guía de ética profesional.
    6. Jurisprudencia argentina en casos de mala praxis.
    7. Ley de Derechos del Paciente (Ley 26.529).
    8. Manual de Responsabilidad Médica – Editorial La Ley.
    9. Publicaciones de la Asociación Argentina de Derecho Médico.
    10. Revista Argentina de Bioética y Derecho Médico.

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    Riesgo judicial en el Fuero Laboral: Definición. Grietas del sistema

    En el contexto de la justicia laboral de Argentina, se entiende por riesgo judicial a la contingencia derivada de decisiones judiciales adversas para las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) o empleadores, incluso en aquellos casos en los que las demandas promovidas por los trabajadores carecen de sustento médico, legal o fáctico verificable.

    Este riesgo se ve incrementado cuando se judicializan patologías que:

    • No cumplen con los criterios clínicos, diagnósticos o epidemiológicos reconocidos para ser consideradas enfermedades profesionales o accidentes laborales.
    • No presentan nexo de causalidad laboral demostrable.
    • Han sido previamente rechazadas por las comisiones médicas conforme a la normativa vigente, y aun así obtienen fallos favorables en sede judicial.

    Entre los factores que agravan este tipo de riesgo se incluyen:

    • La utilización de pericias médicas con escasa fundamentación científica o deficiente imparcialidad.
    • La ausencia de mecanismos eficaces de control y sanción frente a la litigación temeraria o fraudulenta.
    • La existencia de incentivos económicos y profesionales para fomentar la litigiosidad, por parte de ciertos actores del sistema.

    El riesgo judicial, en este sentido, representa una amenaza a la sostenibilidad técnica, económica y actuarial del sistema de riesgos del trabajo, afectando la equidad, la previsibilidad y la seguridad jurídica del régimen. Asimismo, genera un efecto multiplicador que distorsiona el verdadero objeto del sistema: la reparación pronta y justa de los daños laborales reales.

    Jurisprudencia Relevante

    1. Rechazo de Patologías Preexistentes: La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba revocó una sentencia que admitía una demanda por enfermedades preexistentes al ingreso de la trabajadora, destacando que las patologías reclamadas eran anteriores y habían sido aceptadas por la accionante en el examen preocupacional.
    2. Incongruencias en el Relato del Accidente: El mismo tribunal confirmó el rechazo de una demanda al no comprobarse la existencia de un accidente de trabajo, debido a las graves incongruencias entre el relato de los hechos y las patologías denunciadas. escuelajudicial.justiciacordoba.gob.ar
    3. Enfermedades No Listadas y Maltrato Laboral: En el caso «E. D. H. c/ Asociart ART S.A.», la Cámara del Trabajo de Mendoza admitió una demanda contra una ART al comprobarse que la diabetes padecida por el actor tuvo relación de causalidad con el ejercicio abusivo del ius variandi y los malos tratos proferidos por sus superiores.
    4. Consideración de Infarto como Accidente de Trabajo: La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba condenó a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) por las consecuencias sufridas por uno de sus trabajadores a raíz de un infarto agudo de miocardio mientras prestaba tareas, y revocó así la resolución que no lo había considerado un accidente de trabajo. Comercio y Justicia