Error Médico Leyes Argentinas
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Leyes Argentinas sobre Mala Praxis Médica: Definición, Características y Prevención

Introducción

La mala praxis médica es un tema de gran relevancia en el ámbito del derecho y la salud, ya que involucra la responsabilidad de los profesionales de la medicina frente a errores o negligencias en la atención de los pacientes. En Argentina, este tipo de casos está regulado por diversas normativas y puede derivar en consecuencias civiles, penales y administrativas para el profesional involucrado.

Este artículo analizará en profundidad la mala praxis médica en Argentina, su definición, características, marco legal vigente y medidas de prevención que los profesionales pueden adoptar para evitar incurrir en este tipo de responsabilidad.

Definición de Mala Praxis Médica

La mala praxis médica se refiere a la acción u omisión cometida por un profesional de la salud que, debido a negligencia, imprudencia o impericia, causa un daño al paciente. Se trata de una conducta que se aparta del estándar de diligencia exigido en la práctica médica y que puede generar responsabilidad legal para el profesional.

Elementos Claves de la Mala Praxis

Para que una acción u omisión sea considerada mala praxis, deben concurrir ciertos elementos fundamentales:

  1. Acto Médico: Debe existir una intervención del profesional de la salud sobre el paciente, ya sea un diagnóstico, tratamiento, cirugía, medicación, entre otros.
  2. Incumplimiento del Deber de Cuidado: Se debe probar que el profesional actuó de manera negligente, imprudente o con impericia.
  3. Daño al Paciente: El paciente debe haber sufrido un perjuicio físico, psíquico o moral como consecuencia del accionar médico.
  4. Relación de Causalidad: Se debe demostrar que el daño sufrido por el paciente fue consecuencia directa del accionar del profesional.

Características de la Mala Praxis Médica

Las principales características de la mala praxis incluyen:

  • Carácter Profesional: Solo puede ser cometida por un profesional de la salud.
  • Acción u Omisión: Puede derivarse tanto de una acción errónea como de la falta de acción necesaria.
  • Resultado Perjudicial: Debe existir un daño tangible al paciente.
  • Requiere Pericia Médica: Para determinar si hubo mala praxis, es necesario contar con un informe pericial que acredite el error o negligencia.

Posibles Causas de la Mala Praxis Médica

Existen múltiples factores que pueden llevar a la mala praxis médica. Algunas de las causas más comunes incluyen:

  1. Falta de Capacitación o Actualización Profesional: La medicina es un campo en constante evolución. No mantenerse actualizado con los avances en tratamientos, tecnologías y procedimientos puede llevar a diagnósticos erróneos o tratamientos inadecuados.
  2. Fallas en la Comunicación: Una comunicación deficiente entre el médico y el paciente, o entre los diferentes miembros del equipo de salud, puede resultar en errores de diagnóstico, administración incorrecta de medicamentos o procedimientos médicos mal ejecutados.
  3. Sobrecarga Laboral y Fatiga Médica: Multiempleo, jornadas laborales extensas, altos volúmenes de pacientes y estrés pueden provocar descuidos, errores de juicio y reducción en la calidad de la atención médica.
  4. Errores en la Prescripción de Medicamentos: La administración incorrecta de fármacos, ya sea por dosis inadecuadas, interacciones medicamentosas o confusión en la prescripción, es una causa frecuente de daño al paciente.
  5. Uso Incorrecto de Equipamiento Médico: La falta de capacitación en el uso de nuevas tecnologías o fallos en los dispositivos médicos pueden contribuir a incidentes adversos.
  6. Deficiencias en el Diagnóstico: Un diagnóstico tardío o erróneo puede agravar la condición del paciente, impidiendo un tratamiento adecuado y oportuno.
  7. Inobservancia de Protocolos y Normas Clínicas: No seguir las guías y normativas establecidas para la atención de pacientes puede derivar en fallos en la seguridad del paciente.

Marco Legal en Argentina

En Argentina, la responsabilidad médica por mala praxis puede encuadrarse en distintos ámbitos del derecho:

1. Responsabilidad Civil

El Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) establece la responsabilidad del médico en base al incumplimiento de la obligación de medios. Esto significa que el profesional debe poner todos los recursos a su disposición para tratar al paciente, pero no garantiza un resultado exitoso.

Los artículos relevantes son:

  • Artículo 1721: Obliga a indemnizar cuando una acción u omisión cause un daño.
  • Artículo 1757 y 1758: Determinan la responsabilidad civil del profesional y la relación de causalidad.

2. Responsabilidad Penal

Cuando la mala praxis tiene consecuencias graves, el profesional puede enfrentar cargos penales, contemplados en el Código Penal:

  • Artículo 84: Penaliza la muerte causada por negligencia, impericia o imprudencia.
  • Artículo 94: Sanciona las lesiones graves provocadas por negligencia médica.

Las penas pueden incluir prisión, inhabilitación para ejercer la medicina o multas económicas.

3. Responsabilidad Administrativa

El Ministerio de Salud y los colegios profesionales pueden sancionar a los médicos por faltas éticas o deontológicas. Las sanciones incluyen apercibimientos, suspensiones y, en casos extremos, la pérdida de la matrícula profesional.

Tipos de Mala Praxis Médica

La mala praxis puede clasificarse según la causa del error:

  1. Negligencia: Omisión de cuidados o falta de atención adecuada.
  2. Impericia: Falta de conocimientos o habilidades técnicas.
  3. Imprudencia: Actuación apresurada sin considerar los riesgos.
  4. Inobservancia de Protocolos: No seguir normativas y prácticas médicas establecidas.

Cómo Prevenir la Mala Praxis Médica

Los profesionales de la salud pueden adoptar diversas estrategias para evitar incurrir en mala praxis:

1. Capacitación Continua

Los avances en la medicina y la tecnología sanitaria exigen que los profesionales actualicen sus conocimientos y habilidades de manera constante. Participar en congresos, cursos, seminarios y leer publicaciones científicas garantiza que el médico esté al tanto de las mejores prácticas y tratamientos disponibles, evitando errores por desconocimiento o falta de actualización.

2. Historia Clínica Completa

Mantener un registro exhaustivo y detallado de la historia clínica del paciente es clave para prevenir errores y demostrar la atención brindada en caso de un reclamo legal. Es importante incluir antecedentes médicos, diagnósticos, tratamientos, evolución del paciente, exámenes complementarios y consentimiento informado. Un registro deficiente o incompleto puede ser interpretado como negligencia en un juicio.

3. Comunicación con el Paciente

Una comunicación efectiva con el paciente y sus familiares puede prevenir malentendidos y reducir el riesgo de demandas. Explicar con claridad el diagnóstico, opciones de tratamiento, posibles complicaciones y pronóstico ayuda a generar confianza y permite al paciente tomar decisiones informadas sobre su salud. Es recomendable documentar estas interacciones en la historia clínica.

4. Cumplimiento de Protocolos y Normas

Respetar los protocolos establecidos por las instituciones de salud y los organismos oficiales minimiza el margen de error en los procedimientos médicos. Esto incluye la correcta administración de medicamentos, la esterilización de equipos, el seguimiento de guías clínicas y la adopción de medidas de seguridad en cirugías y otros procedimientos invasivos. La inobservancia de estos protocolos puede ser considerada negligencia.

5. Trabajo en Equipo

La medicina es una disciplina interdisciplinaria, y la coordinación entre los diferentes profesionales de la salud es crucial para evitar errores. La consulta con colegas, el trabajo en conjunto con enfermeros, técnicos y especialistas, y la supervisión adecuada de los procesos clínicos pueden prevenir fallos en la atención médica. Un error de comunicación o una mala delegación de responsabilidades pueden derivar en consecuencias graves para el paciente.

6. Uso de Tecnología y Herramientas Digitales

La digitalización de la salud ha demostrado ser una aliada en la reducción de errores médicos. La implementación de sistemas de historia clínica electrónica permite un acceso rápido y seguro a la información del paciente, minimizando riesgos de errores en la medicación o interacciones farmacológicas. Además, el uso de inteligencia artificial y software de apoyo en diagnóstico puede ayudar a mejorar la precisión en la toma de decisiones clínicas.

Conclusión

La mala praxis médica es una problemática compleja que involucra aspectos legales, éticos y profesionales. En Argentina, el marco normativo vigente regula la responsabilidad de los profesionales de la salud, estableciendo consecuencias civiles, penales y administrativas en caso de errores o negligencias.

Referencias Bibliográficas

  1. Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.
  2. Código Penal de la Nación Argentina.
  3. Ministerio de Salud de la Nación – Normativas sobre responsabilidad profesional.
  4. Organización Mundial de la Salud – Seguridad del paciente.
  5. Colegio Médico de Argentina – Guía de ética profesional.
  6. Jurisprudencia argentina en casos de mala praxis.
  7. Ley de Derechos del Paciente (Ley 26.529).
  8. Manual de Responsabilidad Médica – Editorial La Ley.
  9. Publicaciones de la Asociación Argentina de Derecho Médico.
  10. Revista Argentina de Bioética y Derecho Médico.

Características de la Mala Praxis Médica

Las principales características de la mala praxis incluyen:

  • Carácter Profesional: Solo puede ser cometida por un profesional de la salud.
  • Acción u Omisión: Puede derivarse tanto de una acción errónea como de la falta de acción necesaria.
  • Resultado Perjudicial: Debe existir un daño tangible al paciente.
  • Requiere Pericia Médica: Para determinar si hubo mala praxis, es necesario contar con un informe pericial que acredite el error o negligencia.

Marco Legal en Argentina

En Argentina, la responsabilidad médica por mala praxis puede encuadrarse en distintos ámbitos del derecho:

1. Responsabilidad Civil

El Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) establece la responsabilidad del médico en base al incumplimiento de la obligación de medios. Esto significa que el profesional debe poner todos los recursos a su disposición para tratar al paciente, pero no garantiza un resultado exitoso.

Los artículos relevantes son:

  • Artículo 1721: Obliga a indemnizar cuando una acción u omisión cause un daño.
  • Artículo 1757 y 1758: Determinan la responsabilidad civil del profesional y la relación de causalidad.

2. Responsabilidad Penal

Cuando la mala praxis tiene consecuencias graves, el profesional puede enfrentar cargos penales, contemplados en el Código Penal:

  • Artículo 84: Penaliza la muerte causada por negligencia, impericia o imprudencia.
  • Artículo 94: Sanciona las lesiones graves provocadas por negligencia médica.

Las penas pueden incluir prisión, inhabilitación para ejercer la medicina o multas económicas.

3. Responsabilidad Administrativa

El Ministerio de Salud y los colegios profesionales pueden sancionar a los médicos por faltas éticas o deontológicas. Las sanciones incluyen apercibimientos, suspensiones y, en casos extremos, la pérdida de la matrícula profesional.

Tipos de Mala Praxis Médica

La mala praxis puede clasificarse según la causa del error:

  1. Negligencia: Omisión de cuidados o falta de atención adecuada.
  2. Impericia: Falta de conocimientos o habilidades técnicas.
  3. Imprudencia: Actuación apresurada sin considerar los riesgos.
  4. Inobservancia de Protocolos: No seguir normativas y prácticas médicas establecidas.

Cómo Prevenir la Mala Praxis Médica

Los profesionales de la salud pueden adoptar diversas estrategias para evitar incurrir en mala praxis:

1. Capacitación Continua

Actualizar conocimientos y habilidades de manera constante es fundamental para evitar errores derivados de la falta de información o formación insuficiente.

2. Historia Clínica Completa

Llevar registros detallados de los antecedentes, diagnósticos, tratamientos y procedimientos es clave para demostrar la atención brindada y reducir la posibilidad de errores.

3. Comunicación con el Paciente

Explicar diagnósticos, procedimientos y posibles riesgos de forma clara y comprensible, obteniendo siempre el consentimiento informado del paciente.

4. Cumplimiento de Protocolos y Normas

Seguir los protocolos establecidos por instituciones de salud y organismos oficiales ayuda a reducir el margen de error y asegurar una atención de calidad.

5. Trabajo en Equipo

La coordinación entre profesionales de la salud mejora la calidad de atención y previene errores derivados de la falta de comunicación o supervisión.

6. Uso de Tecnología y Herramientas Digitales

La implementación de sistemas de gestión clínica y herramientas digitales ayuda a mejorar la precisión en diagnósticos y tratamientos.

Conclusión

La mala praxis médica es una problemática compleja que involucra aspectos legales, éticos y profesionales. En Argentina, el marco normativo vigente regula la responsabilidad de los profesionales de la salud, estableciendo consecuencias civiles, penales y administrativas en caso de errores o negligencias.

Para evitar incurrir en mala praxis, los médicos deben priorizar la formación continua, el cumplimiento de protocolos, una comunicación efectiva con los pacientes y el uso adecuado de tecnología. Estas medidas no solo protegen al profesional, sino que también garantizan una atención de calidad y seguridad para los pacientes.

Referencias Bibliográficas

  1. Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.
  2. Código Penal de la Nación Argentina.
  3. Ministerio de Salud de la Nación – Normativas sobre responsabilidad profesional.
  4. Organización Mundial de la Salud – Seguridad del paciente.
  5. Colegio Médico de Argentina – Guía de ética profesional.
  6. Jurisprudencia argentina en casos de mala praxis.
  7. Ley de Derechos del Paciente (Ley 26.529).
  8. Manual de Responsabilidad Médica – Editorial La Ley.
  9. Publicaciones de la Asociación Argentina de Derecho Médico.
  10. Revista Argentina de Bioética y Derecho Médico.

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  • Edad jubilatoria de los docentes: ¿cuándo es el momento adecuado?

    La jubilación docente es un tema sensible que no solo toca cuestiones legales y económicas, sino también humanas y sanitarias. ¿Cuál es la edad justa para que un maestro o profesor se retire? ¿Cómo se definen esas edades en las leyes argentinas y qué referencias se toman de otros países? ¿Qué criterios utilizan los legisladores para impulsar un proyecto de ley que modifique la edad jubilatoria?

    Legislación vigente en Argentina

    En la actualidad, en la mayoría de las provincias argentinas, incluidos los regímenes nacionales, la edad jubilatoria docente es de 57 años para las mujeres y 60 o 62 para los hombres, dependiendo del tipo de tarea (docencia común o superior). El régimen tiene características especiales por tratarse de una labor considerada de desgaste prematuro.

    Este régimen diferencial está regulado, a nivel nacional, por la Ley 24.016, que establece un sistema especial para los trabajadores docentes de todo el país. En Córdoba, la Caja de Jubilaciones Provincial establece condiciones similares, aunque con particularidades propias del régimen local.

    Sin embargo, periódicamente surgen iniciativas legislativas para reducir aún más la edad jubilatoria, justificadas en el desgaste emocional, mental y físico que puede implicar la tarea docente.

    El caso Birri y el debate cordobés

    En Córdoba, un proyecto del legislador Roberto Birri propuso reducir la edad jubilatoria a 52 años para mujeres y 57 para hombres. La propuesta generó revuelo en los medios locales y abrió un debate que va más allá de lo técnico, tocando lo ideológico, lo presupuestario y lo electoral.

    El argumento principal de Birri fue la prevalencia del Síndrome de Burnout (agotamiento profesional) entre los docentes, al que consideró una enfermedad profesional. Sin embargo, este síndrome no está incluido formalmente como enfermedad laboral en la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557, lo que debilita la propuesta desde el punto de vista legal y médico.

    ¿Cómo se fundamentan estos proyectos de ley?

    Los proyectos de ley, idealmente, deberían apoyarse en estudios epidemiológicos, informes técnicos, estadísticas laborales, análisis actuariales del sistema previsional y evaluaciones médicas legales. Sin embargo, la realidad muestra que muchos proyectos se basan más en intereses políticos coyunturales que en evidencia científica sólida.

    Cuando los asesores legislativos trabajan seriamente, se apoyan en informes de universidades, comisiones técnicas del Congreso, gremios especializados, informes de salud ocupacional y consultas con organismos previsionales. Lamentablemente, no siempre estos procesos son transparentes ni se publican para el acceso ciudadano.

    ¿Qué pasa en otros países?

    El panorama internacional muestra gran diversidad. Algunos ejemplos:

    • Alemania: los docentes estatales pueden jubilarse a los 56 o 60 años, pero ingresan al sistema tras un riguroso proceso de selección. Gozan de estabilidad y buenas condiciones laborales, lo cual equilibra el sistema.
    • Finlandia: promueve la permanencia laboral hasta los 63 o 65 años, pero invierte fuertemente en el bienestar del docente y la mejora del entorno escolar.
    • Chile: edad general de jubilación: 60 años para mujeres y 65 para hombres, sin régimen especial para docentes.
    • Estados Unidos: varía según el estado. Algunos permiten retirarse con 30 años de servicio, sin importar la edad.
    • Uruguay: los docentes pueden jubilarse a los 60 años, con 30 años de servicio.

    Burnout docente: ¿enfermedad profesional?

    El Burnout fue recientemente reconocido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como un fenómeno asociado al trabajo, pero no como una enfermedad médica en sí misma. Se manifiesta con síntomas de agotamiento, cinismo o desapego del trabajo, y bajo rendimiento.

    En la docencia, numerosos estudios han mostrado una prevalencia importante de este síndrome, debido a factores como:

    • Sobrecarga laboral y emocional.
    • Falta de recursos didácticos.
    • Violencia institucional o social.
    • Escasa valorización social.

    No obstante, en Argentina no se encuentra dentro del listado de enfermedades profesionales reconocidas oficialmente, por lo que no genera cobertura legal ni previsional automática.

    ¿Es viable jubilar a los docentes antes?

    Para responder a esta pregunta hay que combinar salud laboral, sostenibilidad del sistema previsional, calidad educativa y justicia intergeneracional. Si bien muchas tareas docentes pueden implicar un desgaste emocional, también es cierto que no todos los trabajadores padecen por igual ni presentan cuadros clínicos incapacitantes.

    Por eso, una buena opción sería mejorar las condiciones laborales, promover ambientes saludables, ofrecer licencias preventivas, y aplicar exámenes psicofísicos periódicos. La jubilación anticipada debería estar reservada para quienes presentan patologías concretas y bien documentadas, sin caer en generalizaciones.

    Conclusión

    La edad jubilatoria de los docentes no puede definirse solo por afinidades políticas o cálculos presupuestarios. Se necesita un debate serio, con participación de expertos en salud laboral, educación, economía y derecho previsional. Sin esta base, cualquier ley será parcial, ineficiente o injusta.

    Y por sobre todo, debemos recordar que una sociedad que cuida a sus docentes cuida también su futuro.

    Actualizado con fecha 09-06-2025

  • Trastornos del desarrollo neurológico y Proximidad Residencial a Plaguicidas Agrícolas durante el embarazo

    «Neurodevelopmental Disorders and Prenatal Residential Proximity to Agricultural Pesticides: The CHARGE Study». Environ health Perspectives DOI: 10.1289/ehp. 1307044. Janie Shelton F., Estella M. Geraghty, Daniel J. Tancredi, Lora D. Delwiche, Rebecca J. Schmidt, Beate Ritz, Robin L. Hansen, y Hertz-Picciotto Irva

    Resumen

    Antecedentes: la exposición gestacional a varios plaguicidas agrícolas comunes puede inducir neurotoxicidad en el desarrollo en los seres humanos y se ha asociado con retraso en el desarrollo y el autismo.

    Objetivos: Evaluar si la proximidad residencial a plaguicidas agrícolas durante el embarazo se asocia con trastornos del espectro autista (TEA) o retraso en el desarrollo (RD) en los Riesgos de Autismo Infantil por Genética y Ambiente (Childhood Autism Risks from Genetics and Environment CHARGE) Estudio.

    Métodos: El estudio de CHARGE es un estudio poblacional basados en casos -control de los TEA, retraso del desarrollo (RD) y desarrollo normal. Se vinculó la dirección de residencia de 970 participantes durante la etapa gestacional con los datos de California Pesticide Use Report (1997-2008) del uso y aplicación de plaguicidas comerciales. Litros de ingrediente activo de organofosforados, organoclorados, piretroides y carbamatos se aplicaron dentro de 1,25 km, 1,5 km, y 1,75 km de la casa de residencia de la embarazada. Regresión logística multinomial para estimar la odds ratio (OR) de la exposición comparando los casos confirmados de TEA (n = 486) o DD (n = 168) con referentes de desarrollo típico (n = 316).

    Resultados: Aproximadamente un tercio de las madres del estudio CHARGE vivieron, durante el embarazo, a menos de 1,5 km (un poco menos de una milla) de la aplicación de plaguicidas agrícolas. La proximidad a los organofosforados en algún momento durante la gestación se asoció con un aumento del riesgo del 60% para ASD, mayor para las exposiciones 3 rd  trimestre [OR = 2,0, intervalo de confianza del 95% (IC) = (1.1, 3.6)], y en el 2º trimestre para aplicaciones de clorpirifos: OR = 3,3 [IC del 95% = (1.5, 7.4)]. Los hijos de madres que residen cerca de las aplicaciones de insecticidas piretroides, justo antes de la concepción o durante el 3er trimestre estaban en mayor riesgo tanto para la TEA y RD, con OR que van desde 1,7 hasta 2,3. Riesgo de RD se incrementó en aquellas aplicaciones de carbamatos cerca de la residencia, pero no se identificó ningún período vulnerable específico.

    Conclusiones: Este estudio de TEA refuerza la evidencia que relaciona los trastornos del neurodesarrollo con la exposición a pesticidas durante la gestación y en particular los organofosforados y proporciona nuevos resultados con las asociaciones de TEA y RD a igual que piretroides y carbamatos respectivamente.

  • Muerte Digna. Conceptos y definiciones

    El caso de Marcelo Diez, reactivó en la opinión pública el tema sobre Muerte Digna, por tal motivo considero de interés recordar algunos conceptos y definiciones sobre terminología relacionada a este tema.

    La historia trágica de Marcelo Diez (M.A.D), comienza el domingo 23 de octubre de 1994, fecha en la que el joven tenía programado primero ir a votar y después comer un asado en la chacra familiar de Plottier en Neuquén, pero un penoso accidente no le permitió cumplir con lo proyectado. Su moto colisionó con un auto en la ruta y sufriendo un severo traumatismo craneoencefálico con politraumatismos graves. Cuando despertó en la terapia intensiva, se encontraba seriamente comprometido físicamente, se comunicaba con los ojos, podía leer, señalaba con la mirada. Cuando ya iba a ser trasladado a terapia intermedia, una infección intrahospitalaria lo complicó más, llevándolo a un estado vegetativo permanente. Se le realizó innumerables tratamientos en distintas instituciones médicas: Fundación Favaloro, clínica Bazterrica, ALPI, sin resultados positivo.

    Los padres de Marcelo decidieron cuidarlo ellos mismos y acondicionaron un cuarto especial en su casa. Los años pasaron y la pareja murió y sus hermanas, Andrea y Adriana,  fueron desde ese momento las encargadas de tomar las decisiones: «No escucha, no ve, no entiende, no responde a ningún estímulo concreto», dijeron en reiteradas oportunidades para reclamar la Muerte Digna para su hermano.

    Los profesionales que lo atendían, negaron el pedido, por lo que las hermanas recurrieron a la Justicia en 2009 para que autorizaran el retiro de toda medidas terapéuticas incluyendo el soporte vital y que no se le practicaran nuevas acciones invasivas para que Marcelo pudiera finalmente descansar.

    Los numerosos comités médicos que revisaron el caso de MAD, dijeron que su estado era irreversible, pero la jueza rechazó el pedido de las hermanas, por lo cual, se apeló la sentencia en los distintos estrados judiciales hasta llegar a la Corte Suprema de la Nación en el año 2013, quienes fallaron a favor de las hermanas con fundamentos muy sólidos y dignos de ser analizados detenidamente.

    Volviendo al objetivo de definir algunos términos bioéticos asociados con el tema, debemos decir que se considera:

    Muerte Digna u Ortotanasia: es el derecho de un paciente, con una enfermedad irreversible, progresiva e incurable en estado terminal, de rechazar todo procedimiento terapéutico, ya sea farmacológico, quirúrgico, reanimación e incluyendo lo que se conoce como Soporte Vital de Vida, (hidratación, alimentación, etc.), por considerar que todos ellos resultan extraordinarios y desproporcionados en relación a la perspectiva de mejora e incluso generarle al paciente mas dolores y padecimientos.

    Otras definiciones significativas de conocer y diferenciar, son los criterios médicos de “Enfermedad Terminal” (ET) y “Estado Vegetativo Permanente” (EVP). La diferencia entre estos términos es importante, no solo porque se habla de procesos patológicos distintos, sino que desde el punto de vista médico legal y judicial tienen diferente implicancias. Por un lado, la mayoría de las legislaciones reconocen explícitamente el derecho a la muerte digna en las enfermedades terminales, no así en los estados vegetativos permanentes, por no ser una enfermedad terminal, ejemplo de esto último es en la provincia de Córdoba, cuya ley de Muerte Digna (10.058), no permite retirar el soporte básico de vida en los EVP, esto sería motivo de otro análisis. Por otro lado, excepto en los casos en que los pacientes han realizado con anterioridad una Declaración de Voluntad Anticipada (DVA), en patologías como el EVP, la decisión de rechazar o no los procedimientos terapéuticos, lo deben hacer los familiares del paciente, con lo cual lleva a muchas controversias y derivaciones judiciales.

    Se considera Enfermedad terminal: aquella que se manifiesta como una enfermedad avanzada, progresiva e incurable, sin respuesta al tratamiento específico, con síntomas multifactoriales, y pronóstico de vida no mayor a seis meses, por ejemplo, etapas finales de cánceres, enfermedad de la motoneurona, insuficiencia orgánica específica (renal, cardíaca, hepática, etc.)

    Por otro lado, el Estado Vegetativo (EV), es una condición patológica, en la que el paciente no tiene conciencia de si mismo o del entorno e incapacidad total para interactuar con otros. Carecen de actividad voluntaria. Tienen ausencia de respuesta sostenida, reproducible, propositiva y voluntaria al estimulo visual, auditivo, táctil o nociceptivo. Presentan ausencia total de expresión o compresión del lenguaje con preservación de la actividad hipotalámica y tronco encefálico por lo que mantienen espontáneamente las constantes y funciones vitales (respiración, función cardíaca, intestinal, el ritmo sueño-vigilia, etc.). Presentan incontinencia fecal y vesical. Preservación variable de los reflejos en nervios craneales y espinales. Esta patología puede presentarse como secuela de un traumatismo craneoencefálico severo, o de algunas intoxicaciones o accidentes, con daño severo de la corteza cerebral. Se diferencia de la anterior en que son patologías en que los pacientes, pueden estar estables en sus funciones vitales y sobrevivir mucho tiempo, años, sin contacto con el medio ambiente.

    El Estado Vegetativo puede ser Transitorio cuando dura menos de un mes, Persistente entre un mes y un año y Permanente, más de un año, este último es el único E. V. que puede entrar dentro de las consideraciones de muerte digna.

    Otros términos que debemos conocer y diferenciar son:

    Eutanasia: La etimología: eu thánatos: bien muerte, buena muerte, morir bien, tiene un significado más específico que es procurar la muerte sin dolor a aquellos que sufren. Este significado es muy amplio y aquí entrarían desde el asesinato al niño que nace disminuido hasta la colaboración en el suicidio de alguien que sufre, desde la eliminación del anciano hasta la abstención del tratamiento para no alargar una agonía sin esperanza. Cada uno de estos casos recibiría un juicio ético distinto. En la actualidad en pocos lugares del mundo es aceptado esta practica. En Argentina no es legal.

    Hoy entendemos técnicamente por eutanasia el llamado “homicidio por compasión”, es decir, causar la muerte de otro, con acciones u omisiones, por “piedad” ante su sufrimiento. La mayoría de las definiciones, incluye exclusivamente a una práctica médica, a mi criterio, compete a cualquiera allegado al paciente que por considerar que es un hecho de compasión, por acción u omisión de actos ocasiona la muerte de un paciente que sufre alguna enfermedad incurable.

    Distanasia: Es lo opuesto a la Eutanasia, es el mal morir, con intensos dolores, disconfor y/o con encarnizamiento terapéutico, sin objetivo científico de mejorar el estado de salud.

    Muerte asistida: Es cuando terceros realizan tareas conducentes a colaborar con la decisión de un enfermo terminal o un gran discapacitado a ocasionarse la muerte. La decisión de morir es del paciente, que por distintas razones se ve imposibilitado a concretarlo y necesita de un tercero para lograrlo, por ejemplo, un cuadripléjico (inmovilidad de los cuatro miembros) necesita que alguien le acerque el veneno para libremente ingerirlo y acabar con lo que considera su sufrimiento. Algunos lo consideran una forma de eutanasia.

    Encarnizamiento terapéutico: (obstinación o ensañamiento) Se considera la aplicación de tratamientos inútiles o desproporcionadamente caros o molestos, a los fines de prolongar una vida biológica, en pacientes con enfermedades irreversibles y terminales.

    En relación a los Cuidados Paliativos, según definición de la OMS, «son un modo de abordar la enfermedad avanzada e incurable que pretende mejorar la calidad de vida tanto de los pacientes que afrontan una enfermedad como de sus familias, mediante la prevención y el alivio del sufrimiento a través de un diagnóstico precoz, una evaluación adecuada y el oportuno tratamiento del dolor y de otros problemas tanto físicos como psicosociales y espirituales».

    Los cuidados paliativos afirman la vida y consideran a la muerte como un proceso natural, no la aceleran ni la retrasan, simplemente trata de mantener la mejor calidad de vida posible hasta la muerte. Se administran conjuntamente con el tratamiento terapéutico y cuando estos se han retirado por la evolución de la enfermedad, continúan acompañando al enfermo para aliviar la sintomatología.

    La ley nacional 26.529,  con las modificaciones realizadas por la ley 26.742, es bastante clara en sus conceptos y si los profesionales de la salud, más allá de sus objeciones de conciencia, se atienen estrictamente a la letra de la ley, no deberían tener inconveniente con la justicia federal, a la hora de atender la voluntad del paciente cuando el diagnóstico y el pronostico del enfermo es incuestionable. Tampoco es necesario solicitar autorización judicial para tomar las medidas necesarias a los fines de respetar el mandato del enfermo o el de los familiares responsables, dejando todo bien documentado y asentado en el consentimiento informado e historia clínica a los fines de deslindar responsabilidades. Por supuesto, que los cuidados y tratamientos paliativos, siempre deben acompañar al paciente y a su familia hasta el momento de su muerte.

    No toda la legislación, de las distintas provincias Argentinas, es tan clara a la hora de enmarcar los criterios que considerar legal la Muerte Digna, por ejemplo la ley 10.058 de la Provincia de Córdoba, no permite la suspensión del Soporte Vital Básico, (hidratación, alimentación, etc.), por lo que impide que la enfermedad tenga una evolución natural.

    El fallo de la Corte Suprema de Justicia N° 376/2013 (49D)/CS1, claramente expresa en sus fundamentos que, en los casos como el de Marcelo Diez, no deberían judicializarse porque los profesionales de la salud, tienen un respaldo irrenunciable en la ley nacional de Muerte Digna, aunque estos criterios no son aplicables en todas las provincias argentinas por igual, lo que lleva a una enorme diferencia intra país. Este tipo de diferencia debería allanarse a los fines de permitir a los profesionales de la Salud actuar con criterios científicos y lógicos e impedir el encarnizamiento terapéutico ya sea por motivos científicos o comerciales.

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    ¿Los pacientes recuperados de covid-19, deben vacunarse?

    Aún no se ha determinado el tiempo que permanecerá la inmunidad adquirida en las personas vacunadas

    A casi un año de los primeros reportes de infección por coronavirus, todavía no se conoce cuánto tiempo persistirán los anticuerpos generados en pacientes recuperados.

    Los reportes de posibles casos reinfecciones son escasos, por lo que cabría suponer que la inmunidad adquirida por la enfermedad, subsistirían al menos un año.

    Tampoco se conoce el tiempo de protección de la inmunidad generadas por las vacunas, solo el tiempo y continuas evaluaciones, podrán determinarlo. Por consiguiente, aún no se ha determinado, si la vacunación será anual, bianual o una para toda la vida.

    La mayoría de los países ya están elaborando planes a corto plazo de vacunación. Aunque algunos desconocen exactamente, el estado inmunológico de la población a vacunar, en relación a los anticuerpos anti-covid.

    A la luz de los conocimientos actuales, la vacunación a pacientes recuperados de Coronavirus, si bien las opiniones están divididas, sugieren que podría ocasionar un refuerzo en la producción de anticuerpos por el organismo.

    De todas maneras, este grupo no debería ser considerado de primera línea para la vacunación, dejando el lugar a sectores de la salud, pacientes con comorbilidad, adultos mayores, etc., que no tengan anticuerpos al momento de comenzar con la vacunación

    Lecturas recomendadas

    1- https://www.nature.com/articles/d41586-020-02943-9

    2- https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/vaccines/vaccine-benefits/facts.html#:~:text=It%20typically%20takes%20a%20few,enough%20time%20to%20provide%20protection.

    3- https://health.economictimes.indiatimes.com/news/diagnostics/do-those-who-have-recovered-from-covid-19-need-the-vaccine/78882974#:~:text=Dr%20Debprasad%20Chattopadhyay%2C%20virologist%2C%20and,antibodies%20to%20fight%20the%20disease.

    4- https://www.thelancet.com/journals/laninf/article/PIIS1473-3099(20)30764-7/fulltext

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    Para los escépticos. Acupuntura para el dolor de cabeza

    Es fácil ridiculizar un tratamiento de 2000 años de antigüedad que puede parecer más cercano a la magia que a la ciencia. De hecho, desde la década de 1970 hasta alrededor de 2005, el punto de vista del escéptico era comprensible, porque la evidencia científica que demostraba que la acupuntura funcionaba y por qué, era débil y los ensayos clínicos eran pequeños y de mala calidad.

    Pero las cosas han cambiado desde entonces…. y mucho.

    Gracias al desarrollo de controles de placebo válidos (por ejemplo, un dispositivo «simulado» retráctil que se parece a una aguja de acupuntura pero no penetra en la piel), y la publicación de varios ensayos clínicos grandes y bien diseñados en la última década, hemos comenzados a tener una base sólida para comprender verdaderamente la efectividad de la acupuntura.

    ¿Cómo sabemos si la acupuntura realmente funciona para el dolor?

    Los estudios clínicos individuales a gran escala han demostrado consistentemente que la acupuntura proporciona un mejor alivio del dolor en comparación con la atención habitual. Sin embargo, la mayoría de los estudios también mostraron poca diferencia entre la acupuntura real y la simulada (falsa). Para abordar esta preocupación, un metaanálisis de 2012 combinó datos de aproximadamente 18.000 pacientes individuales en 23 ensayos controlados aleatorios de alta calidad de acupuntura para afecciones comunes del dolor. Este análisis concluyó de manera categórica que la acupuntura es superior a la simulación para el dolor lumbar, el dolor de cabeza y la osteoartritis, y que las mejoras observadas fueron similares a las de otros analgésicos no opiáceos ampliamente utilizados.

    Y el perfil de seguridad de la acupuntura es excelente, con muy pocos eventos adversos cuando lo realiza un profesional capacitado. Mientras tanto, los estudios de ciencias básicas de la acupuntura con animales y humanos han mostrado otros beneficios potenciales, desde la reducción de la presión arterial hasta la mejora duradera de la función cerebral. En términos más generales, la investigación de la acupuntura ha dado lugar a una serie de ideas y avances en biomedicina, con aplicaciones más allá del campo de la acupuntura en sí.

    ¿La acupuntura realmente es tan buena?

    Entendemos por qué puede haber escepticismo continuo sobre la acupuntura. Ha habido ambigüedad en el lenguaje que emplean los investigadores de la acupuntura para describir este tipo de tratamiento y la confusión que rodea el antiguo concepto de puntos y meridianos de acupuntura, que es fundamental para la práctica de la acupuntura. De hecho, la cuestión de si los puntos de acupuntura realmente «existen» ha sido evitada en gran medida por la comunidad de investigación en acupuntura, a pesar de que la terminología de puntos de acupuntura continúa siendo utilizada en estudios de investigación. Por lo tanto, es justo decir que los investigadores de esta metodología han contribuido a las dudas sobre la acupuntura y se necesita un esfuerzo concertado para resolver este problema.

    Sin embargo, la práctica de la acupuntura se ha convertido en una importante opción no farmacológica que puede ayudar a los pacientes con dolor crónico a evitar el uso de medicamentos potencialmente dañinos,

    Encontrar una vista equilibrada

    Una publicación anterior sobre el tema, descartó la acupuntura como un tratamiento costoso, ineficaz y peligroso para el dolor de cabeza. Esto nos llevó a señalar la necesidad de una visión medida y equilibrada de la evidencia existente, particularmente en comparación con otros tratamientos. Aunque las respuestas que siguieron al artículo apoyaron abrumadoramente la acupuntura, no deja de ser una preocupación que esta práctica atraiga este tipo de ataque. Los profesionales de la acupuntura y los investigadores deben asumir la responsabilidad de abordar las deficiencias en la base de conocimientos de la acupuntura y aclarar su terminología.

    Dicho esto, tenemos que reconocer que la acupuntura puede ser parte de la solución al inmenso problema del dolor crónico y la adicción a los opiáceos que está afectando a la sociedad. El hecho de que esta solución provenga de una práctica antigua con una base teórica que la ciencia moderna no entiende por completo debería hacerla aún más interesante y digna de nuestra atención. Los médicos deben a sus pacientes aprender sobre tratamientos alternativos sin medicamentos y responder a las preguntas y preocupaciones de los pacientes con conocimiento y respeto.

    Fuentes

    Acupuncture in patients with osteoarthritis of the knee: a randomised trial. Lancet, July 2005.

    Acupuncture in Patients With Chronic Low Back Pain: A Randomized Controlled Trial. JAMA Internal Medicine, February 2006.

    Acupuncture in patients with tension-type headache: randomised controlled trial. BMJ, August 2005.

    Acupuncture for Patients With Migraine: A Randomized Controlled Trial. JAMA, May 2005.

    Acupuncture for Chronic Pain: Individual Patient Data Meta-analysis. JAMA Internal Medicine, October 2012.

    Survey of Adverse Events Following Acupuncture (SAFA): a prospective study of 32,000 consultations. Acupuncture in Medicine, December 2001.

    Safety of Acupuncture: Results of a Prospective Observational Study with 229,230 Patients and Introduction of a Medical Information and Consent Form. Complementary Medicine Research, April 2009.

    The safety of acupuncture during pregnancy: a systematic review. Acupuncture in Medicine, June 2014.

    Cost-effectiveness of adjunct non-pharmacological interventions for osteoarthritis of the knee. PLOS One, March 2017.

    Paradoxes in Acupuncture Research: Strategies for Moving Forward. Evidence-Based Complementary and Alternative Medcine, 2011.

    The Long-term Effect of Acupuncture for Migraine Prophylaxis: A Randomized Clinical Trial.JAMA Internal Medicine, April 2017.

    Harvard Health Publishing - HARVARD MEDICAL SCHOOL
    Helene Langevin, MD
    Colaborador
    Carolyn A. Bernstein, MD, FAHS
    Contribuidor
  • Consumo de alimentos y bebidas ultra-procesados Impacto en la obesidad

    DATOS CLAVE

    • Los productos y bebidas ultra-procesados (PUP) son formulaciones listas para comer o beber. Se basan en sustancias refinadas, con una cuidadosa combinación de azúcar, sal y grasa, y varios aditivos. Incluyen bebidas azucaradas, snacks y ‘comidas rápidas’.
    • La OMS y el Fondo Mundial para la Investigación del Cáncer (WCRF) concluyen que las bebidas azucaradas, los snacks con alta densidad energética y las ‘comidas rápidas’ son causantes de obesidad, diabetes, enfermedades cardiovasculares y algunos cánceres.
    • Un estudio de OPS mostró que de 1999 a 2013, las ventas anuales per cápita de productos ultra-procesados aumentó continuamente en 12 países latinoamericanos, desplazando a dietas tradicionales basadas en alimentos y comidas saludables.
    • También se encontró que el aumento en la venta de productos ultra-procesados estaba asociado con un aumento del índice de masa corporal (IMC) de adultos en todos los niveles de consumo, luego de ajustes por covariables (R2=0.79; p<0.0001).
    • Hay países en las Américas enfrentando la epidemia de obesidad con impuestos y regulaciones estrictas de etiquetado y publicidad de comidas, lo que la directora de OPS ha considerado “importantes avances que deberían ser estimulados en toda la región*”

    Los productos ultra-procesados y sus características principales

    Las comidas preparadas con alimentos saludables están consistentemente asociadas con buena salud y un bajo riesgo de enfermedad (1-2). Esto se debe no sólo a su calidad nutricional, sino también a la sociabilidad que rodea las comidas (2-3). Sin embargo, el patrón tradicional de alimentación saludable está siendo desplazado por productos de comida y bebida ultra-procesados, los cuales están aumentando rápidamente en los países de ingresos bajos y medianos (4). Estos productos son formulaciones creadas a partir de sustancias extraídas de alimentos (grasas, almidones y azúcares) (5). Incluyen una amplia gama de snacks densos en energía, cereales de desayuno endulzados, galletas y pasteles, bebidas azucaradas, ‘comida rápida”, productos animales reconstituidos y platos listos para calentar.

    alimento UP

    Comparados con los alimentos saludables y las comidas recién preparadas, los PUP contienen más azúcar, grasas saturadas y sodio, y contienen menos fibra dietética, minerales y vitaminas, y también tienen mayor densidad energética (4-5). Además, son prácticos, ubicuos, fuertemente publicitados, de alta palatabilidad y forman hábito (3).

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    Ya que las cocinas tradicionales han evolucionado como parte importante de nuestra autonomía personal, identidad y cultura, la pérdida de conocimientos sobre los alimentos y habilidades culinarias crea una vulnerabilidad seria en las sociedades, las economías rurales y la biodiversidad agrícola.

    Tendencias actuales en la venta de productos ultra-procesados en América Latina

    El estudio Un estudio de OPS estimó las tendencias de consumo de PUP en Latinoamérica usando información de venta de la base de datos de Euromonitor (2014). Se realizó un análisis de series de tiempo usando encuestas nacionales de 12 países, de 1999 a 2013, para probar la asociación entre los cambios en las ventas anuales per cápita de PUP (en kilogramos) y los cambios en el promedio del Índice de Masa corporal (IMC) estandarizada por edad en adultos. Los datos de IMC fueron obtenidos de la Base de Datos Global de OMS y datos de covariables tomados del Banco Mundial.

    La Fig. 1 muestra las tendencias en las ventas anuales per cápita de PUP en los países
    estudiados. En 1999, se registraron ventas anuales altas per cápita en México (160 kg) y en Chile (120 kg), mientras que las ventas fueron hasta 4 veces menores en Perú (37 kg) y Bolivia (41 kg). En comparación, las ventas anuales de PUP en Canadá fueron de 245 kg, y de 335 kg en EE.UU. De 1999 a 2013, las ventas de estos productos crecieron continuamente en todos los países. Se observaron grandes aumentos en Uruguay (+145%), Perú (+121%) y Bolivia (+151%). Durante el mismo período, las ventas decrecieron en Canadá (-7%) y EE.UU. (-9%).

    Figura 1 Tendencias en ventas anuales per cápita de productos alimentarios y bebidas PUP seleccionados1 (kg) en 12 países latinoamericanos, 1999-2013
    Figura 1 Tendencias en ventas anuales per cápita de productos alimentarios y bebidas PUP seleccionados1 (kg) en 12 países latinoamericanos, 1999-2013

    Productos ultra-procesados, sobrepeso y obesidad

    La Organización Mundial de la Salud (1) y el Fondo Mundial para la Investigación del Cáncer (2) señalan que las bebidas azucaradas, los snacks de alta densidad energética y la “comida rápida”, todos ellos ultra-procesados, contribuyen a la obesidad, diabetes, enfermedades cardiovasculares y varios cánceres. Un estudio reciente de series de tiempo, usando encuestas nacionales, reportó que las ventas de comida rápida era un predictor independiente del promedio IMC en los países de la OECD (6).

    La Fig. 2 muestra cambios de IMC en América Latina en adultos en función de las ventas de PUP entre 1999 y 2009. Los países donde las ventas de productos ultra-procesados son menores y donde las dietas tradicionales aún prevalecen, como Bolivia y Perú, tienen un promedio de IMC menor, mientras que los países donde las ventas de esos productos son mayores, como México y Chile, tienen un promedio de IMC mayor.

    Luego de los ajustes por covariables (población urbana y PBI), los cambios en la venta de PUP y los cambios en IMC están asociados significativamente (R2=0.79; p<0.0001). Esta asociación ecológica se puede resumir en la siguiente medida: Cada 1-unidad de aumento en ventas anuales de PUP per cápita se asocia con un aumento de 0.008 kg/m2 en IMC estandarizado por edad (95% intervalo de confianza, IC: 0.003–0.012).

    1Los productos alimentarios y bebidas ultra-procesados aquí incluyen bebidas carbonatadas, jugos de frutas y vegetales, bebidas ‘deportivas’ y ‘energéticas’, cereales de desayuno, snacks dulces y salados, golosinas, helados, galletas, cremas para untar y comidas listas. La cantidad en litros se convirtió a kilogramos. Fuente: Euromonitor Passport Global Market Information Database (2014) y WHO Global Burden of Disease.

    Implicaciones de políticas

    Las tendencias actuales en la producción y consumo de productos ultra-procesados, y los aumentos correspondientes en IMC, probablemente se pueden revertir mediante regulaciones y otras acciones como las establecidas para el control de la disponibilidad y publicidad de tabaco y alcohol, y aumento de su costo mediante impuestos (5). La regulación de la industria de alimentos debe abarcar el etiquetado, promoción y publicidad de los PUP. Tales medidas se proponen en el Plan de Acción para la Prevención de la Obesidad en Niños y Adolescentes (7), y necesitan iniciarse, implementarse y ser monitoreadas por los gobiernos.

    Figura 2 Media de IMC estandarizada por edad en adultos, como función de las ventas anuales per capita de productos alimentarios y bebidas ultra-procesados2 en 12 países latinamericanos, 1999-2009
    Figura 2 Media de IMC estandarizada por edad en adultos, como función de las ventas anuales per capita de productos alimentarios y bebidas ultra-procesados en 12 países latinosamericanos, 1999-2009

    Correspondientemente, se necesita aumentar y mejorar la producción de, y accesibilidad a, los alimentos saludables, mediante la adopción de políticas específicas y acciones regulatorias diseñadas para que las opciones saludables sean opciones fáciles y estén respaldadas por programas educativos. Las muchas acciones necesarias incluyen la protección de la agricultura familiar, aumentando la disponibilidad de alimentos frescos de producción local en los programas de alimentación escolares, la regulación de la publicidad de alimentos a los niños y hacer posible la supervivencia y desarrollo de la preparación de comidas y habilidades culinarias en las familias. Las comidas familiares y la cocina tradicional necesitan ser promovidas.

    Referencias 

    • World Cancer Research Fund/American Institute for Cancer Research (2009) Policy and Action for Cancer Prevention. Food, Nutrition, and Physical Activity: A Global Perspective. Washington, DC: AICR.
    • World Health Organization (2003) Diet, Nutrition and the Prevention of Chronic Diseases. Report of a Joint WHO/FAO Expert Consultation. WHO Technical Report Series no.916. Geneva: WHO.
    • Pollan M (2014). Cooked: A Natural History of Transformation.  Penguin Press: New York.
    • Monteiro CA, Moubarac J-C, Cannon G, Ng S, Popkin BM (2014). Ultra-processed products are becoming dominant in the global food system. Obesity Review, Suppl 2:21-8. doi: 10.1111/obr.12107.
    • Moodie R, Stuckler D, Monteiro C, Sheron N, Neal B, Thamarangsi T, et al. (2013). Profits and pandemics: prevention of harmful effects of tobacco, alcohol, and ultra-processed food and drink industries. The Lancet, 381(9867):670-679
    • De Vogli R, Kouvonen, Aand Gimeno D (2014). The influence of market deregulation on fast food consumption and body mass index: a cross-national time series analysis Bull World Health Organ,92:99–107A
    • PAHO (2014). Plan of action for the prevention of obesity in children and adolescents. 53rd directing council 66th session of the regional committee of WHO for the Americas. Washington, D.C., USA.

    Fuente: OPS

     Esta hoja informativa se basa en resultados de un proyecto de investigación encargado por OPS NMH/ Risk Factors Unit al Dr Jean-Claude Moubarac (U. de Sao Paulo /U. de Montréal). La  colaboración del Prof. Roberto De Vogli (UC Davis es también aporeciada). Información de contacto en OPS: NMH/Risk Factors, Dr Enrique Jacoby,  jacobyen@paho.org