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Examen Psicofísico para Licencia de Conducir Digital

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  • Enfermedad de Chagas. Actualización. Prevalencia en América.

    La enfermedad de Chagas, endémica en América Central y América del Sur. La consecuencia más importante de la infección por T. cruzi es la miocardiopatía. El tratamiento de primera línea es el benznidazol. Autor: Caryn Bern Chagas’ Disease New England Journal of Medicine 2015;373:456-66

    Resumen

    La enfermedad de Chagas, endémica en América Central y América del sur, es causada por el parásito protozoario Trypanosoma cruzi, que se transmite cuando las heces infectadas del vector triatomino se inoculan a través del lugar de la picadura o de una membrana mucosa intacta del huésped. La consecuencia más importante de la infección por T. cruzi es la miocardiopatía. El tratamiento de primera línea es el benznidazol.

    La enfermedad de Chagas es causada por el parásito protozoario Trypanosoma cruzi, que se transmite cuando las heces infectadas del vector Triatoma infestans (vinchuca) se inoculan a través del lugar de la picadura o de una membrana mucosa intacta del huésped mamífero. La transmisión a través del vector se limita a zonas de América del norte, América Central y América del sur.

    Tanto en zonas endémicas como no endémicas, otras vías de infección son las transfusiones, los trasplantes de órganos y de médula ósea y la transmisión congénita. Se informó sobre brotes atribuidos a alimentos o bebidas contaminadas en la zona norte de América del sur, donde la transmisión es importante. La infección es de por vida, ya que no existe un tratamiento eficaz. La consecuencia más importante de la infección por T. Cruzi es la miocardiopatía, que se produce en el 20 – 30% de las personas infectadas.

    Epidemiología

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    Las características epidemiológicas de la enfermedad de Chagas son el resultado de dos fuerzas importantes: la transmisión doméstica del vector a lo largo de la vida de la población actual de América latina, la migración de zonas rurales a zonas urbanas en gran escala durante los últimos 50 años. Los vectores epidemiológicamente más importantes viven entre las grietas de las paredes de barro y los techos de paja de los ranchos rurales. Los habitantes de las viviendas infectadas están expuestos repetidamente al vector y el parásito durante muchos años. La transmisión a través de las heces de un vector infectado es relativamente ineficiente: la incidencia de infección por T. cruzi se estima que es menor del 1% por año. La mayor incidencia estimada es del 4% al año, en el Chaco boliviano, que es hiperendémico.

    En un ámbito endémico, la transmisión continua produce un patrón de prevalencia creciente con la edad, tanto de la infección como de la miocardiopatía. Durante las últimas décadas, millones de personas infectadas se trasladaron de aldeas y caseríos rurales endémicos a ciudades latinoamericanas y cientos de miles viven en los EEUU, España y otros países. América latina efectuó considerables progresos hacia la eliminación de la enfermedad de Chagas. La prevalencia global estimada de infección por T. Cruzi disminuyó de 18 millones en 1991, cuando comenzó la primera iniciativa regional de control, a 5,7 millones en 2010.

    La Organización Panamericana de la Salud (OPS) certificó la interrupción de la transmisión por vectores domésticos en varios países de América del sur y América Central. Se efectúa pesquisa serológica del T. cruzi en la mayoría de los bancos de sangre de los países endémicos y algunos efectúan pesquisa sistemática de la enfermedad de Chagas congénita. No obstante, la enfermedad de Chagas sigue siendo la parasitosis más importante del hemisferio occidental, con una carga de enfermedad 7,5 veces mayor que la del paludismo.

    Características clínicas y patogénesis

    El período de incubación tras la transmisión por el vector es de 1 – 2 semanas. La característica patognomónica de la fase aguda es la parasitemia que se detecta microscópicamente.

    Los síntomas suelen ser leves e inespecíficos: fiebre, malestar general, hepatoesplenomegalia y linfocitosis atípica. En raros casos, un nódulo cutáneo (chagoma) o el edema palpebral unilateral indoloro prolongado (signo de Romaña) indican el lugar de la inoculación. La gran mayoría de las infecciones agudas no se detectan. En menos del 1% de las infecciones, la fase aguda es grave y puede ser mortal debido a meningoencefalitis o miocarditis. Los brotes de infección pr T. cruzi transmitida por vía oral (por alimentos o bebidas contaminadas con heces del vector) parecen estar asociados con mayor incidencia de miocarditis y mayor tasa de letalidad que las infecciones transmitidas por el vector.

    En los sobrevivientes de la fase aguda, la respuesta de inmunidad celular detiene la replicación del parásito, los síntomas se resuelven espontáneamente y la parasitemia desaparece en 4 – 8 semanas. Los infectados pasan a la fase crónica de la infección por T. cruzi. La mayoría permanecen asintomáticos, pero están infectados de por vida. Se estima que el 20 – 30% de las personas infectadas progresan con el curso de los años a miocardiopatía chagásica crónica. Los signos más tempranos son defectos del sistema de conducción, especialmente bloqueo de rama derecha o bloqueo de la rama anterior izquierda. Las contracciones ventriculares prematuras multiformes son otro signo temprano, pero pueden pasar desparecibidas si no se efectúa un monitoreo electrocardiográfico (ECG) ambulatorio.

    La miocardiopatía chagásica es muy arritmógena y se caracteriza por bradicardias sinusales y de la unión, fibrilación o aleteo auricular, bloqueos auriculoventriculares y taquicardia ventricular no sostenida o sostenida. Los pacientes afectados con el tiempo progresan a miocardiopatía dilatada e insuficiencia cardíaca congestiva. Cuando la miocardiopatía es avanzada, los aneurismas del ventrículo izquierdo son frecuentes.

    Los pacientes pueden sufrir accidentes cerebrovasculares u otros episodios tromboembólicos debido a la formación de trombos en el ventrículo izquierdo dilatado o con aneurisma. Las personas infectadas sin miocardiopatía manifiesta pueden tener alteraciones sutiles en el ecocardiograma, pero se desconoce el valor pronóstico de estos signos.

    Si bien la patogénesis de la miocardiopatía chagásica no se conoce bien, hay consenso en que la persistencia del parásito es esencial para la enfermedad, lo cual confiere nueva urgencia a la búsqueda de un tratamiento antitripanosómico de gran eficacia durante la fase crónica. La evidencia sugiere que la respuesta inmunitaria inflamatoria del huésped es el determinante más importante de la progresión, con la virulencia de la cepa de T. cruzi y el tropismo tisular como posibles factores contribuyentes.

    Para la supervivencia durante la fase aguda es necesaria una respuesta inflamatoria con participación de las células inmunitarias innatas y los macrofágos activados por el interferón-γ y el factor α de necrosis tumoral. En la fase crónica, la inmunidad mediada por las células T mantiene controlada la replicación parasitaria. Sin embargo, la incapacidad de disminuir la respuesta inflamatoria, mantenida por la persistencia del parásito e influida por factores del huésped y del parásito, parece ser predominante en la patogénesis.

    Investigadores observaron que la prevalencia de miocardiopatía chagásica grave descendió en zonas con control eficaz del vector. Plantean que la sobreinfección repetida debida a exposición continua al vector mantiene la carga de antígeno tisular y la consiguiente respuesta inflamatoria a un nivel crónico más alto, que promueve el daño cardíaco.

    La enfermedad de Chagas gastrointestinal afecta predominantemente el esófago, el colon o ambos y se produce por daño a las neuronas intramurales. Las manifestaciones de enfermedad esofágica comprenden desde trastornos asintomáticos de la motilidad y acalasia leve hasta megaesófago grave con disfagia, odinofagia, reflujo esofágico, adelgazamiento, aspiración, tos y regurgitación. El megacolon se caracteriza por estreñimiento prolongado y puede generar fecaloma, vólvulo e isquemia intestinal. La enfermedad de Chagas gastrointestinal es menos frecuente que la miocardiopatía chagásica y es más común en el Cono sur (Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay, Uruguay y partes de Brasil) que en el resto de las zonas endémicas.

    Tripanosoma Cruzi en el huésped inmunocomprometido

    La infección aguda en pacientes receptores de órganos trasplantados tiene un período de incubación prolongada y un espectro clínico más grave, que puede incluir miocarditis aguda e insuficiencia cardíaca congestiva. La reactivación de la infección crónica por T. cruzi se produce principalmente en pacientes que recibieron un trasplante de órganos y en adultos con infección simultánea por VIH y T. cruzi. En ambas poblaciones, el riesgo de reactivación está en relación con la gravedad de la inmunosupresión.

    En un estudio longitudinal con pacientes con infección simultánea por VIH, aproximadamente el 20% sufrieron reactivación, con más frecuencia meningoencefalitis, abscesos cerebrales o ambos. La segunda manifestación más frecuente es la miocarditis aguda, que a veces se superpone con la miocardiopatía prexistente. Manifestaciones menos frecuentes son lesiones de la piel e invasión parasitaria del peritoneo, el estómago o el intestino.

    La supervivencia de pacientes sometidos a trasplante cardíaco por miocardiopatía chagásica terminal es igual o mayor que la de los trasplantados por miocardiopatía idiopática o isquémica. En pacientes trasplantados, la reactivación del T. cruzi es una causa rara de muerte. Se la debe considerar en el diagnóstico diferencial de episodios febriles y crisis de rechazo aparente. La afectación del sistema nervioso central es mucho menos frecuente entre los receptores de trasplante con reactivación que entre los pacientes con infección simultánea por VIH y T. cruzi.

    Diagnóstico de laboratorio

    En la fase aguda se pueden detectar tripomastigotes móviles por examen microscópico de sangre fresca anticoagulada o de capa leucocítica. Los parásitos también se pueden ver en extendidos de sangre teñidos con Giemsa y pueden crecer en un hemocultivo en un medio especializado. La reacción en cadena de la polimerasa (PCR, por las siglas en inglés) es una herramienta sensible en la fase aguda y es la mejor prueba para la detección temprana de la infección en el receptor del órgano trasplantado de un donante infectado o tras una exposición accidental.

    La enfermedad de Chagas congénita es una infección aguda y se emplean los mismos métodos diagnósticos. Para los lactantes en riesgo, en quienes la enfermedad de Chagas no se diagnosticó al nacer, se recomiendan las pruebas serológicas tradicionales después de los 9 meses, cuando los anticuerpos maternos ya desaparecieron.

    El diagnóstico de infección crónica se basa sobre las pruebas serológicas IgG, en general mediante ensayo inmunoenzimático (ELISA) o la prueba de anticuerpos inmunofluorescentes. Ninguna prueba para la infección crónica por T. cruzi tiene suficiente sensibilidad y especificidad para ser empleada sola; son necesarios los resultados positivos de dos pruebas, preferentemente basadas sobre diferentes antígenos (por ejemplo, lisado de parásito y antígenos recombinantes), para su confirmación.

    La PCR para el T. cruzi se emplea cada vez más como herramienta de investigación y de control. Su sensibilidad en la fase crónica de la enfermedad de Chagas es sumamente variable y depende del volumen y el procesamiento de la muestra, las características de la población y los primers y métodos para la PCR. Los resultados negativos de la PCR no significan que no haya infección.

    El control sistemático por medio de la PCR de muestras seriadas de sangre es necesario para el reconocimiento temprano de la infección aguda por T. cruzi derivada de órganos; el tratamiento oportuno puede salvar la vida. Las pruebas cuantitativas de PCR pueden ser útiles para controlar la reactivación (por ejemplo, tras el trasplante cardíaco); la PCR positiva no significa que haya habido reactivación, pero una carga parasitaria que aumenta con el tiempo es el indicador más precoz y más sensible.

    Tratamiento antitripanosómico

    El nifurtimox y el benznidazol son los únicos fármacos de probada eficacia para la infección por T. cruzi.
    El benznidazol, derivado del nitroimidazol, se considera como el tratamiento de primera línea, por tener menos efectos tóxicos y mayor evidencia de eficacia que el nifurtimox. Los efectos adversos más frecuentes son dermatológicos- erupciones leves que responden a los antihistamínicos. La dermatitis intensa o exfoliativa o la dermatitis asociada con fiebre y adenopatías son causa de interrupción inmediata del tratamiento.

    Una neuropatía periférica dependiente de la dosis a veces aparece tardíamente durante el tratamiento y exige la interrupción inmediata del mismo; casi siempre es reversible, pero puede durar meses. La depresión medular es rara y exige la supresión inmediata del tratamiento.

    El nifurtimox, un nitrofurano, inhibe la síntesis de ácido pirúvico y altera el metabolismo de los hidratos de carbono del T. cruzi. Se producen efectos secundarios gastrointestinales (anorexia, adelgazamiento, náuseas y vómitos) en hasta el 70% de los pacientes. Los efectos tóxicos neurológicos son irritabilidad, insomnio, desorientación y temblores. Efectos secundarios raros, pero más graves, son parestesias, polineuropatía y neuritis periférica. Los efectos tóxicos tanto del nifurtimox como del benznidazol son menores en niños pequeños que en adolescentes o adultos.

    Un estudio farmacocinésico reciente mostró quela eliminación del benznidazol en los grupos etarios más jóvenes es significativamente más rápida que en pacientes mayores, por lo que la concentración del fármaco es menor en más jóvenes. Esto plantea la posibilidad de que dosis más bajas de benznidazol en adultos podrían ser eficaces al mismo tiempo que disminuir los efectos colaterales graves.

    En pacientes con enfermedad de Chagas aguda y en aquellos con Chagas congénito, el benznidazole y el nifurtimox disminuyen la intensidad de los síntomas, acortan el curso de la enfermedad y reducen la duración de la parasitemia; la tasa de curación en la fase aguda se estima en el 80 – 90%.

    Hasta la década de 1990, se creía que solo la fase aguda de la infección respondía al tratamiento. Sin embargo, dos estudios controlados con placebo de benznidazol en niños con infección crónica por T. cruzi mostraron tasas de curación de aproximadamente el 60%, con pruebas serológicas negativas 3 – 4 años después del tratamiento. Estudios de seguimiento sugirieron que cuanto más pequeños sean los niños que reciben tratamiento, mayor será la tasa de conversión de positivo a negativo de las pruebas serológicas (seroconversión negativa). Junto con la creciente experiencia en América latina, estos estudios motivaron un gran cambio en el tratamiento de la infección en niños, transformando el diagnóstico precoz y el tratamiento antitripanosómico en la norma asistencial en toda la región.

    Durante los últimos 15 años se produjo un movimiento creciente para extender el tratamiento a los adultos con infección crónica, entre ellos aquellos con miocardiopatía incipiente. Casi todos los especialistas opinan que se debe ofrecer tratamiento a la mayoría de los pacientes con infección crónica por T. cruzi, con criterios de exclusión, como un límite superior de edad de 50 – 55 años y la presencia de miocardiopatía avanzada irreversible.

    Este cambio en las normas asistenciales se basa en parte sobre estudios longitudinales no ciegos, no aleatorizados, que mostraron disminución significativa de la progresión de la miocardiopatía y tendencia a menor mortalidad entre adultos tratados con benznidazol, en relación con pacientes no tratados. En este año se terminará el estudio Benznidazole Evaluation for Interrupting Trypanosomiasis (BENEFIT), un gran estudio multicéntrico, doble ciego, aleatorizado, controlado con placebo, de benznidazol para el tratamiento de pacientes con miocardiopatía chagásica. Estudios de observación también confirmaron que mujeres tratadas antes del embarazo tienen significativamente menos probabilidades que mujeres no tratadas de transmitir la infección a sus hijos.

    Los marcadores serológicos tradicionales responden muy lentamente después del tratamiento; el tiempo hasta la seroconversión negativa se mide en años y hasta en décadas y es inversamente proporcional a la duración de la infección antes del tratamiento. En estudios clínicos aleatorizados recientes de dos azoles relacionados para el tratamiento de adultos infectados con T. cruzi se emplearon los resultados de la PCR cuantitativa como criterio principal de valoración.

    En un estudio con posaconazol, los criterios de incorporación al estudio fueron los resultados positivos de la PCR previos al tratamiento. La parasitemia se eliminó al término del tratamiento con posaconazol, pero volvió a tener niveles detectables en el 80% – 90% de los pacientes 12 meses después. En cambio, sólo el 6% de los pacientes que completaron el tratamiento de 60 días con benznidazol tuvieron resultados positivos de PCR en algún momento posterior al tratamiento. Se informaron resultados similares de un estudio con el profármaco ravuconazol E1224, en el que la frecuencia de PCR positiva a los 12 meses fue considerablemente mayor entre pacientes que recibieron el ravuconazol que entre pacientes que recibieron el benznidazol. Estos resultados, apoyan el empleo de la PCR cuantitativa como parámetro de resultados en estudios clínicos: aunque los resultados negativos no son prueba de curación, los resultados positivos proporcionan evidencia oportuna e inequívoca de fracaso del tratamiento.

    Tratamiento de las secuelas crónicas de la infección por T. cruzi

    Se recomiendan evaluaciones cardíacas anuales, entre ellas el ECG de 12 derivaciones, para todas las personas con infección por T. cruzi, hayan o no completado el tratamiento antitripanosómico. Los síntomas cardíacos o las alteraciones del ECG indican la necesidad de un estudio cardíaco más profundo, con ecocardiograma, monitoreo ambulatorio del ECG y estudios electrofisiológicos. La disfunción del nódulo sinusal y los bloqueos aurículoventriculares de alto grado son frecuentes en la miocardiopatía chagásica y pueden ser indicación para la colocación de un marcapasos.

    La mayoría de los cardiólogos con experiencia en enfermedad de Chagas prefieren amiodarona como fármaco de primera línea para las arritmias ventriculares y apoyan a los desfibriladores cardioversores implantables como otro método terapéutico en estos pacientes. La insuficiencia cardíaca congestiva se trata según las recomendaciones estándar. Debido a que las bradiarritmias son frecuentes en la miocardiopatía de la enfermedad de Chagas, es necesario el monitoreo cuidadoso cuando se emplean digoxina o betabloqueantes.

    El trasplante cardíaco es un método eficaz para la miocardiopatía chagásica con insuficiencia cardíaca resistente al tratamiento. El control sistemático de la PCR postrasplante permite el diagnóstico y el tratamiento precoces de la reactivación del T. cruzi.

    El tratamiento de la enfermedad de Chagas gastrointestinal es similar al de la acalasia idiopática o el megacolon. Los síntomas esofágicos se pueden aliviar con fármacos que relajen el esfínter o por miotomía laparoscópica. Las etapas tempranas de la alteración colónica pueden responder a dietas ricas en fibras y laxantes o enemas. Las etapas tardías del megaesófago y el megacolon quizás necesiten cirugía. El tratamiento antitripanosómico no influye sobre la progresión de la enfermedad de Chagas gastrointestinal.

    Conclusiones

    La enfermedad de Chagas sigue siendo una causa importante de enfermedad y muerte prematura. Son necesarios mejores tratamientos y estudios rigurosos sobre fármacos para tratar la infección crónica por T. cruzi en los millones de personas que la padecen. Como progreso en los últimos años, se publicaron dos estudios aleatorizados, doble ciego, de nuevos fármacos, y validaron el empleo de métodos moleculares como indicadores oportunos de fracaso terapéutico; la búsqueda de una verdadera prueba de la curación continúa.

    A pesar de los progresos en el control de la infección por el vector doméstico desde 1991, quedan algunos desafíos difíciles. Son necesarias nuevas estrategias para las zonas más endémicas, especialmente el Gran Chaco, donde es común la rápida reinfección doméstica y es cada vez más evidente la resistencia a los insecticidas. En zonas con amplia infección selvática, como la cuenca del Amazonas, la eliminación de los vectores es imposible. Es necesario implementar y mantener nuevos métodos para prevenir la transmisión por el vector y por vía oral.

    *Traducción y resumen objetivo: Dr. Ricardo Ferreira

    Comentario del Editor

    En nuestro país (Argentina) se estima que 1.500.000 personas, es decir el 4% de la población, padecen enfermedad de Chagas, cifras que significan un problema de salud pública. La OPS estima que 7-10 millones de personas la padecen en toda América latina.

    El insecto vector es el que popularmente se llama “vinchuca”.

    Aún no se han demostrado casos de transmisión oral en Argentina.

    La producción de benznidazol había sido suspendida por el único laboratorio (multinacional) que lo fabricaba, debido a su falta de rentabilidad, quedando Brasil como productor mundial exclusivo. Tras meses de falta de stock, en 2012 se inició la producción en nuestro país a través del Ministerio de Salud en alianza con un laboratorio privado y una ONG. Actualmente, todos los países de América pueden acceder al principal tratamiento para la enfermedad de Chagas a través del fondo estratégico de la OPS.

    *Todos los países de América ya pueden acceder al benznidazol, el medicamento para el tratamiento Chagas, a través de la Organización Panamericana de la Salud.

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  • Restricción de la capacidad jurídica – Insania

    La restricción de la capacidad jurídica, antiguamente conocida como insania, es un término jurídico y médico-legal que hace referencia a una situación legal en la que una persona, debido a una enfermedad mental, tiene limitada su capacidad para ejercer ciertos derechos o realizar determinadas acciones. En términos psiquiátricos, se asocia con patologías como la esquizofrenia, psicosis graves, demencias avanzadas y otros trastornos de la personalidad severos.

    Implicancias médico-legales de la insania

    1. Inimputabilidad penal: Una persona declarada insana puede ser eximida de responsabilidad penal si se demuestra que, al momento del hecho, no tenía conciencia de sus actos ni capacidad de autodeterminación.
    2. Capacidad civil: La insania puede llevar a la declaración de incapacidad civil, lo que impide a la persona gestionar sus bienes, celebrar contratos o tomar decisiones médicas sin la intervención de un curador o representante legal.
    3. Internaciones involuntarias: En casos de insania peligrosa para sí mismo o para terceros, la ley puede autorizar la internación psiquiátrica involuntaria bajo estrictos controles judiciales y médicos.
    4. Revisión de actos jurídicos: Si una persona fue declarada insana, sus actos jurídicos previos (como testamentos o contratos) pueden ser impugnados por nulidad.
    5. Seguros e indemnizaciones: En algunos casos, la insania puede influir en la cobertura de seguros o en la concesión de beneficios previsionales por invalidez.

    Este concepto es fundamental en la medicina legal y en el derecho para garantizar el respeto de los derechos de las personas con trastornos mentales y proteger los intereses de la sociedad.

    En Argentina, la insania es una figura jurídica que se refiere a una incapacidad mental persistente que impide a una persona ejercer por sí misma sus derechos y obligaciones. Esta situación se evalúa y determina judicialmente, con intervención de médicos y conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación y otras normativas complementarias.

    ¿Cómo se determina la insania?

    1. Inicio del proceso

    • Lo puede iniciar un familiar, tutor, curador, el propio interesado, o el Ministerio Público (Defensor de Incapaces).
    • Se presenta una demanda de restricción de la capacidad jurídica, que incluye los motivos y pruebas iniciales.

    2. Intervención judicial

    • El juez ordena un examen interdisciplinario (médico, psicológico, social) y designa peritos (generalmente de la justicia) para evaluar a la persona.
    • El proceso debe respetar los derechos humanos y las garantías procesales del examinado.

    3. Evaluación pericial

    • Se busca determinar si la persona tiene trastornos mentales persistentes que afecten su capacidad para comprender, razonar y actuar voluntariamente.
    • El equipo interdisciplinario analiza la situación médica, el contexto familiar, social y económico.

    4. Audiencia

    • El juez realiza una audiencia en la que el examinado puede expresarse por sí mismo o a través de un abogado defensor.
    • El Ministerio Público (generalmente un defensor público) también participa para resguardar los derechos del interesado.

    5. Sentencia

    • Si se comprueba la existencia de una incapacidad mental duradera, el juez puede dictar una:
      • Restricción parcial de la capacidad jurídica: la persona puede hacer algunas cosas por sí sola y otras con apoyo o autorización judicial.
      • Restricción total: en casos graves, con nombramiento de un curador que representará legalmente al afectado.
    • La declaración de insania como tal (término tradicional) ha sido reemplazada en el nuevo Código por la determinación de restricciones a la capacidad, de acuerdo con estándares de derechos humanos.

    6. Revisión periódica

    • Las restricciones no son definitivas. Deben revisarse cada 3 años como máximo, o antes si hay una mejora en la salud mental de la persona.

    Base legal

    • Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994) – vigente desde 2015. Reemplaza el concepto tradicional de “insania” por el de capacidad jurídica con apoyos y restricciones proporcionales.
    • Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) – con jerarquía constitucional en Argentina.

    En Argentina, el número de profesionales de la salud que deben participar en una evaluación para determinar la insania (hoy, «restricción a la capacidad jurídica») depende del Código Procesal Civil y Comercial de cada jurisdicción. Sin embargo, hay pautas comunes y principios generales, especialmente tras la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación (vigente desde 2015).

    En general:

    • Se exige una evaluación interdisciplinaria.
    • Participan al menos dos médicos, uno de los cuales debe ser psiquiatra o neurólogo.
    • En algunas jurisdicciones, se requiere además un psicólogo.

    Por ejemplo:

    Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CABA y Justicia Federal)

    • Art. 624: el juez debe ordenar una junta médica, integrada por tres profesionales como mínimo, generalmente:
      • Dos médicos psiquiatras o un psiquiatra y un neurólogo.
      • Un psicólogo.
    • También puede intervenir un trabajador social si se considera necesario.

    En la Provincia de Córdoba, el proceso de restricción de la capacidad jurídica (antes llamado “insania”) está regulado por el Código Procesal Civil y Comercial de Córdoba, y se complementa con lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación y los estándares internacionales de derechos humanos.

    Según el artículo 695 del Código Procesal Civil y Comercial de Córdoba, para los procesos sobre capacidad, el juez debe ordenar una junta médica compuesta por tres profesionales:

    • Dos médicos psiquiatras (o un psiquiatra y un neurólogo).
    • Un psicólogo.

    Texto del artículo 695 (resumido):
    “El juez ordenará que el presunto incapaz sea examinado por una junta compuesta por dos médicos psiquiatras y un psicólogo. Si se estima necesario, podrá ampliarse la integración de la junta.”

    Además, pueden solicitarse informes complementarios de asistentes sociales u otros especialistas si se requiere una evaluación más integral.


    Otras jurisdicciones (provinciales)

    • En líneas generales, exigen una evaluación por al menos dos médicos, con posibilidad de ampliar el equipo.
    • Por ejemplo, en la Provincia de Buenos Aires, el Código Procesal establece que:
      • La evaluación debe realizarse por una junta médica.
      • En la práctica, suelen participar: psiquiatra, psicólogo y neurólogo, más informes sociales.

    Además:

    • La evaluación debe cumplir con estándares de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
    • Se requiere un informe detallado, fundado y actualizado, con base científica y centrado en las capacidades funcionales del evaluado, no solo en el diagnóstico.

    Qué es un curador?

    El curador es la persona designada por un juez para asistir o representar legalmente a otra persona cuya capacidad jurídica ha sido restringida por razones de salud mental u otras causas que le impiden ejercer plenamente sus derechos.

    ¿Qué hace un curador?

    Su función depende del grado de restricción de la capacidad:

    Curador asistente (en restricciones parciales):

    • Acompaña al curado en ciertos actos jurídicos (por ejemplo, administrar bienes, firmar contratos, etc.).
    • No reemplaza a la persona, sino que la asiste y protege.

    Curador representante (en restricciones totales):

    • Actúa en nombre del curado en todos los actos jurídicos necesarios.
    • Su rol es más amplio, pero siempre debe rendir cuentas al juez.

    ¿Quién puede ser curador?

    Según el Código Civil y Comercial de la Nación (art. 138-146):

    • Preferentemente se elige a:
      • Cónyuge o conviviente.
      • Hijos.
      • Padres o hermanos.
    • Si no hay familiares adecuados, puede nombrarse a un curador oficial (funcionario del Estado).
    • El juez elige a quien considere más idóneo y confiable, teniendo en cuenta la voluntad y preferencias de la persona restringida, si puede expresarlas.

    ¿Qué obligaciones tiene?

    El curador debe:

    • Actuar con diligencia y buena fe.
    • Administrar correctamente los bienes del curado.
    • Rendir cuentas regularmente ante el juez.
    • Respetar la autonomía progresiva de la persona, promoviendo su participación en las decisiones.

    Importante:

    Desde la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial (2015) y en línea con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se considera que:

    “La capacidad jurídica es un derecho humano, y las restricciones deben ser excepcionales, proporcionales y revisadas periódicamente.”

    Por eso, el rol del curador hoy debe enfocarse más en el apoyo a la autonomía que en la sustitución de la voluntad.

    Funciones del Curador según el tipo de restricción judicial de las personas

    Obligaciones generales del curador (en todos los casos):

    • Respetar la dignidad y preferencias de la persona.
    • Rendir cuentas periódicamente ante el juez.
    • Administrar los bienes con transparencia y responsabilidad.
    • Favorecer siempre la autonomía progresiva.

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    Qué son las enfermedades profesionales?

    Qué son las Enfermedades Profesionales?

    A casi 20 años de la promulgación de la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) en Argentina, comprender qué son las enfermedades profesionales es fundamental para interpretar correctamente esta normativa. Esto cobra especial importancia tanto para trabajadores como para empleadores, profesionales de la salud laboral, abogados y todos aquellos involucrados en el sistema de prevención y reparación de daños laborales.

    ¿Cómo define la OIT a las enfermedades profesionales?

    La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define a la enfermedad profesional como aquella contraída a causa de la exposición a factores de riesgo en el trabajo. Esta definición, basada en el Protocolo de 2002 del Convenio sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores (1981), resalta dos aspectos clave:

    • Existe una relación causal comprobable entre el entorno laboral y la enfermedad.
    • La enfermedad ocurre con mayor frecuencia en los trabajadores expuestos que en la población general.

    Ejemplo práctico

    Un trabajador expuesto al plomo que desarrolla saturnismo tiene una alta probabilidad de estar padeciendo una enfermedad profesional. En este caso, la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) debe brindarle asistencia médica y, de ser necesario, indemnización.

    En cambio, si una persona no expuesta al plomo desarrolla la misma enfermedad, esta no será considerada laboral y será cubierta por su obra social como una enfermedad común.

    Rx Tórax Normal
Rx Tórax Neumoconiosis
    Neumoconiosis de los trabajadores del carbón

    Otras definiciones relevantes

    El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España define la enfermedad profesional como un deterioro lento y progresivo de la salud, resultado de una exposición crónica a condiciones adversas en el entorno laboral. Estas condiciones pueden ser de origen químico, biológico, físico, mecánico o ergonómico.

    En Chile, la ley considera enfermedad profesional a la que deriva directamente del trabajo realizado, siempre que exista relación causal con la patología que cause incapacidad o muerte.

    ¿Qué dice la Ley Argentina?

    La Ley 24.557 establece, en su artículo 6°, que se consideran enfermedades profesionales:

    • Las incluidas en el listado oficial del Decreto 658/96, donde se identifican los agentes de riesgo, cuadros clínicos, tipos de exposición y actividades laborales vinculadas.
    • Las que, aunque no estén listadas, la Comisión Médica Central determine como directamente provocadas por el trabajo.

    Esto significa que, salvo casos excepcionales, solo se reconocen enfermedades profesionales aquellas incluidas en el listado oficial.

    Clasificación de contingencias laborales

    La normativa argentina diferencia tres tipos de situaciones que pueden afectar la salud del trabajador:

    1. Enfermedades Profesionales

    Son aquellas directamente causadas por la actividad laboral y reconocidas oficialmente en el listado. Implican la exposición a un agente de riesgo específico y una relación causal con la enfermedad.

    2. Accidentes de Trabajo

    Son hechos súbitos y violentos ocurridos en el lugar de trabajo o durante el trayecto desde o hacia el mismo (accidentes “in itinere”).

    3. Enfermedades Inculpables

    Son enfermedades comunes que no guardan relación con el trabajo, como la diabetes, hipertensión o artrosis. Su tratamiento está a cargo del sistema de salud general, no de la ART.

    ¿Cuáles son los agentes de riesgo laborales?

    El listado oficial de enfermedades profesionales incluye agentes:

    • Físicos (ruido, vibraciones, radiaciones)
    • Químicos (plomo, solventes, pesticidas)
    • Biológicos (virus, bacterias, hongos)
    • Ergonómicos (malas posturas, esfuerzos repetitivos)

    La exposición a estos factores debe ser comprobada para considerar la enfermedad como laboral.

    Fisuras del sistema legal argentino

    A pesar del marco legal, existen lagunas e ineficiencias en la aplicación de la ley. Una de ellas es la falta de actualización por parte del sistema judicial, que en muchos casos sigue utilizando expresiones como “enfermedad accidente”, un término obsoleto.

    Además, el compromiso institucional para capacitar a jueces, peritos y personal técnico ha sido limitado. Esta falta de claridad y uniformidad ha favorecido la proliferación de litigios laborales.

    Conclusión: la importancia de conocer y aplicar bien la ley

    La correcta comprensión de qué es una enfermedad profesional es clave para proteger la salud de los trabajadores y evitar conflictos legales innecesarios. Para lograrlo, es necesario:

    • Capacitación continua del personal involucrado.
    • Compromiso con la correcta aplicación de la ley.
    • Apego a los criterios médico-legales basados en evidencia.

    Las enfermedades profesionales no deben ser motivo de disputa judicial, sino de prevención, diagnóstico temprano y tratamiento adecuado.

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    La medicina legal como garante de los derechos humanos: una revisión ética y forense

    Resumen

    La medicina legal ocupa un rol estratégico en la protección y garantía de los derechos humanos, al aplicar el conocimiento médico-científico en contextos judiciales y administrativos. Este artículo analiza la relación entre derechos humanos, bioética y las principales ramas de la medicina legal, destacando su función como herramienta técnica al servicio de la justicia y la dignidad humana. Se revisaron aportes doctrinarios y científicos de autores reconocidos, así como instrumentos internacionales relevantes, con el objetivo de reflexionar sobre los desafíos éticos, científicos y profesionales que enfrenta la práctica médico-legal contemporánea. Se concluye que la medicina legal, ejercida con rigor técnico e independencia ética, constituye un pilar esencial para la vigencia efectiva de los derechos humanos.

    Palabras clave: medicina legal; derechos humanos; bioética; ciencias forenses; ética médica.


    Abstract

    Human Rights and Legal Medicine: Contributions of Bioethics and Forensic Sciences to Justice and Human Dignity

    Legal medicine plays a strategic role in the protection and guarantee of human rights by applying medical and scientific knowledge within judicial and administrative contexts. This article analyzes the relationship between human rights, bioethics, and the main branches of legal medicine, emphasizing their function as technical tools in the service of justice and human dignity. Doctrinal and scientific contributions from recognized authors, as well as relevant international instruments, are reviewed in order to reflect on the ethical, scientific, and professional challenges faced by contemporary medico-legal practice. It is concluded that legal medicine, when exercised with technical rigor and ethical independence, constitutes a fundamental pillar for the effective enforcement of human rights.

    Keywords: legal medicine; human rights; bioethics; forensic sciences; medical ethics.


    Introducción

    La medicina legal se desarrolla en un espacio de convergencia entre el conocimiento médico, el derecho y la ética. Su intervención resulta determinante en situaciones donde se encuentran comprometidos derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida, a la integridad física y psíquica, a la identidad y al debido proceso. En este contexto, la práctica médico-legal no puede concebirse como una actividad meramente técnica o neutral, sino como una disciplina con profundas implicancias éticas y jurídicas.

    Los derechos humanos constituyen el marco normativo que orienta y limita el accionar del Estado y de los profesionales que actúan en su órbita. Desde esta perspectiva, la medicina legal se configura como un instrumento técnico indispensable para la investigación, documentación y reparación de violaciones a dichos derechos (Donnelly, 2013). Paralelamente, la bioética aporta principios rectores que permiten abordar los dilemas propios de la práctica pericial, especialmente en escenarios de vulnerabilidad y coerción institucional (Beauchamp & Childress, 2013).


    Marco Conceptual: Derechos Humanos y Bioética

    La consolidación de los derechos humanos en el ámbito sanitario se vincula estrechamente con el desarrollo de la bioética como disciplina académica y práctica. Instrumentos internacionales, como la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO, establecen que toda intervención médica debe respetar la dignidad, la autonomía y los derechos fundamentales de las personas, independientemente del contexto en que se realice.

    En el ámbito médico-legal, estos principios adquieren una relevancia particular, dado que muchas intervenciones se efectúan sin finalidad terapéutica directa y bajo mandato judicial o administrativo. La bioética permite entonces delimitar responsabilidades, prevenir abusos y fortalecer la legitimidad social de la actuación pericial.


    Ramas de la Medicina Legal y su Relación con los Derechos Humanos

    Tanatología forense

    La tanatología forense cumple un rol central en la investigación de muertes violentas, sospechosas o institucionales. En contextos de desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y conflictos armados, su aporte resulta fundamental para garantizar el derecho a la verdad, la justicia y la reparación integral de las víctimas y sus familiares (Oehmichen, 2014).

    La identificación de restos humanos y la determinación científica de la causa y el mecanismo de muerte constituyen obligaciones éticas y jurídicas del Estado, con la medicina legal como soporte técnico esencial.

    Traumatología forense

    La evaluación médico-legal de lesiones corporales permite documentar violaciones al derecho a la integridad física, especialmente en casos de violencia de género, violencia institucional y tortura. La correcta interpretación de los hallazgos clínicos y su adecuada correlación con los hechos denunciados son determinantes para evitar la impunidad y garantizar el debido proceso (Saunders, 2010).

    Psiquiatría forense

    La psiquiatría forense aborda problemáticas sensibles vinculadas a la capacidad, la imputabilidad penal y el riesgo, en un marco donde los derechos de las personas con padecimientos mentales han sido históricamente vulnerados. Las evaluaciones deben realizarse con criterios científicos, evitando estigmatizaciones y respetando el derecho a la salud mental y a la no discriminación (Appelbaum, 2015).

    Toxicología forense

    La toxicología forense contribuye a la administración de justicia mediante el análisis científico de sustancias tóxicas, drogas y fármacos. La calidad metodológica de estos estudios resulta crucial para proteger derechos fundamentales como la presunción de inocencia y el derecho a un juicio justo (Hanzlick & Combs, 2016).

    Documentología y genética forense

    El análisis documental y la genética forense protegen derechos vinculados a la identidad personal, la filiación y la seguridad jurídica. En procesos de restitución de identidad y justicia transicional, estas disciplinas adquieren una dimensión ética y humanitaria de particular relevancia.

    Bioética Aplicada a la Práctica Médico-Legal

    La aplicación práctica de la bioética en medicina legal se manifiesta en aspectos como la confidencialidad de la información pericial, el uso proporcional de técnicas invasivas, la independencia profesional y la protección de poblaciones vulnerables. Como señala Nussbaum (2006), la justicia debe orientarse a garantizar capacidades humanas básicas, entre ellas la salud y la integridad corporal, lo que impone a la medicina legal una responsabilidad social indelegable.

    Discusión

    La medicina legal enfrenta desafíos crecientes derivados del avance tecnológico, la judicialización de la medicina y el aumento de demandas sociales en materia de derechos humanos. El uso de técnicas como el ADN, la digitalización de datos biométricos y la inteligencia artificial plantea nuevos dilemas éticos relacionados con la privacidad, la seguridad de la información y el consentimiento.

    En este escenario, resulta imprescindible fortalecer la formación ética y en derechos humanos de los profesionales médico-legales, así como garantizar su independencia técnica frente a presiones institucionales.

    Conclusiones

    La medicina legal constituye un pilar fundamental para la vigencia efectiva de los derechos humanos. Cada una de sus ramas aporta conocimiento científico indispensable para la administración de justicia, pero su legitimidad depende del respeto irrestricto por la dignidad humana y los principios bioéticos. Ejercida con rigor técnico, independencia y compromiso ético, la medicina legal se consolida como una herramienta esencial al servicio de la justicia y de la sociedad.

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  • Otra vez la violencia social

    Otra vez, la violencia social. Cada acto, cada suceso, cada evento, sea feliz, triste, conmovedor, siempre es una buena excusa para la violencia de los vandálicos, inadaptados sociales, barras bravas, delincuentes, etc., etc., como cada cual quiera llamarlos. Hoy la excusa fue la finalización de un mundial de fútbol, ayer el aniversario de un club, el acuartelamiento policial, un paro de trabajadores, etc., siempre hay un motivo, lo concreto es que la violencia está como encarnada en una sociedad displicente que ve estos hechos como los actos de un grupo reducido de inadaptados, que no tienen relación con el contexto general de la sociedad y no como una manifestación más de la decadencia social y pérdida de valores.

    Viendo actuar a estos violentos en los noticieros, uno se pregunta, son inadaptados sociales? Son barrabravas pagados por dirigentes o políticos para causar caos? Son los representantes de una sociedad anarquista que no acepta el orden, la ley, la autoridad? Son el fruto de la inequidad, consecuencia de la corrupción argentina? Son delincuentes organizados y pagados por una minoría pudiente y perversa con intención de desestabilizar al país?. Es un problema solo nacional, es latinoamericano o mundial?

    Más allá de las discusiones filosóficas y sociológicas que buscan contestar estas preguntas, lo cierto es que la violencia existe y la sociedad argentina no puede hacerse la distraída y decir yo no fui, ellos no me representan

    Hace muchos años, y no de ahora sino antes de la era Kirchneristas, que uno va observando que algo pasa en esta sociedad, que cada vez se respeta menos el orden, la jerarquía y la autoridad, donde la verdad no es una virtud y que de manera obscena se hace ostentación del delito y de la impunidad, que si bien en un principio era un germen que apenas se notaba, con el trascurrir del tiempo, poco a poco fue creciendo y perdiendo la hipocresía de aparentar que se aceptaban normas que después no se cumplían.

    Cuando miro hacia atrás, recuerdo hechos sueltos de mi vida profesional, que a mi criterio ya era indicios de esta anarquía que se iba gestando y que hoy ha llegado a una expresión superlativa. Recuerdo que cuando ganó Alfonsín en 1983, con el entusiasmo y apoyo de una gran mayoría social que soñaba con un país democrático, había actitudes de los dirigentes, que cuando uno se enteraba, nos desilusionaban e iban ratificando la idea, que gobernara quien gobernara, el nepotismo, el autoritarismo y la corrupción no tenía solución en el país

    Cuando comenzó la era democrática, en la Institución Pública municipal, donde yo trabajaba como médica, los radicales habían ganaron la intendencia y nombraron a un director médico, del partido radical, una de las primeras medidas que tomó este director fue hacer ingresar a su hermano a la administración pública y me tocó a mí, en un principio, realizarle al ingresante el examen cardiovascular pre-ocupacional, en el mismo constaté que el pariente del funcionario, tenía una tensión arterial alta, dato que asenté en mi informe. Este hecho molestó al director de la institución el cual me llamó para discutir el caso, vale aclarar que yo era muy joven, tenía veintitantos años y un montón de ideales, el médico me manifestaba que mi informe le causaba daño a su hermano y yo, enfrascada en mi rol asistencial, le respondía que lo único que le causaba daño a su hermano era desconocer que tenía la presión alta y no tratarla.

    –          Doctora, -me dijo el funcionario- hay que ser generoso.

    Salí de la dirección muy confundida, qué era ser generosa?, dar limosna con el dinero de los otros?, mentir en un informe?, faltar a mi deber de médico de decir la verdad?, qué era ser generosa para ese funcionario, me preguntaba?…Con mis jóvenes años, me hizo sentir mal con una a mezcla de sentimientos, mezquina, antisocial, ingenua, un sinsabor en la boca y mucha, mucha bronca y cuestionamientos. No cambié de actitud y al preingreso lo hicieron nuevamente por otro médico, más generoso que yo. A veces pienso que hubiera pasado si mi puesto de trabajo dependía de esos dirigentes o yo hubiera sido una persona vulnerable.

    Los radicales no fueron los únicos que tenían doble moral, los directores peronistas, fueron iguales o peores, como yo no perdía la costumbre de decir lo que pensaba, en especial si me preguntaban mi criterio, llegué a despertar gran rechazo por algunos directores que pretendían que todos los que los rodeaban, manifestaran la hipocresía de la subordinación verbal, esto me valió múltiples castigos, no disciplinarios ya que cumplía con creces mis responsabilidades, pero jamás me llamaron a ocupar puestos de conducción o de jerarquía en los 31 años que trabajé para esta institución, alguno me podrá decir que seguramente no era buena para eso, por eso no me convocaban, pero contrariamente cuando necesitaban a un laburante que pusiera el hombro sin condicionamientos ni limitaciones, siempre se acordaban de mi, hecho que más me revelaba. Si bien estos malos ejemplos no cambiaron mis principios ni la dedicación a mi profesión, ya que mi pasión en ese momento, era la medicina asistencial y los pacientes que requerían mi asistencia no faltaban, por el contrario me faltaba el tiempo para atender a todos, y ellos siempre me premiaron con su muestra de afecto y gratitud por lo poco que por ello podía hacer desde la asistencia pública, pero más allá de mis anécdotas, cuántos jóvenes por necesidades laborales u otras causas, cambiaron sus principios y se iniciaron en un camino de mentiras y obsecuencias gracias a estos dirigentes políticos.

    Situaciones como estas puedo contar miles, actitudes arbitrarias y oportunistas de directivos, que favorecieron al desprestigio de la dirigencia y la anarquía, promovieron esa sensación de que no había autoridad digna de tal, que todos los que ocupaban cargos, con honrosas y escasas excepciones, eran unos oportunista que no les interesaban el bien común ni respetar las reglas de convivencia social, solo usarlas en su provecho. Por lo menos en mi, fomentaron una gran desconfianza en la dirigencia, que me acompaña hasta el día de hoy. Estos recuerdos los traigo a referencia para mostrar a la sociedad, que desde antes del comienzo de la democracia hubo una dirigencia mediocre y sin autoridad moral que no estuvo a la altura de las circunstancia y que fue cultivando o favoreciendo que los jóvenes en formación, perdieran el respeto por la jerarquía y sembrando la idea que las normas estaban hecha para los otros y que todo vale cuando de uno se trata. La inequidad y la impotencia también generan violencia.

    Por otro lado, la justicia  no dio mejores ejemplos y con su apatía y actitudes “garantistas”, confundieron mano dura con mano firme, contribuyeron a fomentar la injusticia y la violencia. Cuando comencé a asesorar empresas, me encontré con un mundo diferente al esperado en la justicia, que si bien algo había oído hablar, desconocía su magnitud, pero no por eso eran situaciones nuevas. Empecé a ver que muchos abogados y médicos mediantes certificados que no se ajustaban exactamente a la situación sanitaria del trabajador realizaban demandas judiciales, pero lo más llamativo para mí, y sorpresa a mi ingenuidad, era que los peritos médicos que asesoraban a los jueces les daban la razón a estos certificados, argumentando sofismas ridículos y poco creíble para cualquier persona con algún razonamiento lógico. A pesar de esto, los jueces poco analizaban estas situaciones y enseguida sentenciaban, – “páguese la indemnización”.

    Así fui viendo que al principio, se hacía una demanda bajo estos argumentos, los peritos de la justicia, decían – tiene razón- y los jueces – páguese-. Los abogados presentaban dos demandas, los médicos peritos decían – tienen razón – y los jueces – páguense-, se presentaban 10 demandas en iguales términos y los médicos peritos decían – tienen razón – y los jueces decían – páguense –, se presentaban  100 demandas y todo igual. Nada podían hacer los abogados y médicos de las empresas para detener esta avalancha de juicios, aportaran las pruebas que aportaran, los exámenes periódicos, pre-ingresos, declaraciones de trabajadores donde negaban enfermedades y juraban gozar de buena salud, etc., nada servía para demostrar que el juicio no tenía razón de ser, los peritos de oficio, asesores de la justicia, en el 99% de las veces decían que los trabajadores tenían razón y los jueces que “la duda es pro operario”, que debía pagarse la indemnización, pero….cuál duda era pro operario?…..cualquier duda?,…..o una duda razonable….no,  la más mínima duda era indemnizable.

    Cuando veía a todos estos trabajadores simulando enfermedades que no tenían, y mintiendo de manera consciente, pensaba en sus hijos, cuántas veces estos trabajadores educando a sus descendientes, le habrán dicho – a mi no me mientas, que soy tu padre – y me preguntaba, el padre puede mentir, existe algún criterio para decidir cuándo se puede o debe y cuándo no se puede ni se debe mentir?. Este doble discurso de los padres, no dañas a los hijos tanto o más que el doble discurso de los dirigentes a la fe pública?.

    – No me digas qué hacer, demuéstramelo – Decía un hijo a su padre.

    También pensaba en el cónjugue, en los hijos, en los hermanos, en los vecinos, en los compañeros de trabajo, en los desocupados que conocían a este trabajador o trabajadora que simulaba enfermedades. Cómo interpretarán que un hombre o mujer sano o  sana, que en ocasiones hasta jugaba al fútbol, hacía deportes o que solo tenía las ñañas de la vejez, reciba una indemnización por una supuesta enfermedad que no se le notaba, ni ellos registraban. Qué pensarían, cuando veían a este trabajador comprarse un auto 0 km, o agrandar su casa, o salir de vacaciones, no como fruto del esfuerzo laboral, sino fruto del engaño.

    Estas actitudes, fomentan la inequidad, la corrupción, la pérdida de valores y de principios entre los que lo conocen y estimulan a imitar actitudes para obtener iguales resultados, generando impotencia y violencia para los excluidos. – Mientan,  mientan, mientan que como castigo recibirán una indemnización-

    Cuando veía  las imágenes que se mostraban desde Buenos Aires en el obelisco, había un muchacho, que había sacado una silla roja de un comercio cercano, la había robado, y la colocó en medio de la calle (9 de julio) y se sentaba en ella a cara descubierta desafiando toda autoridad y mostrando de manera obscena el sentimiento de impunidad que lo embargaba, vi a otro rompiendo un semáforo, sin que nadie hiciera nada por detenerlo. Muchos piensan que esta violencia, es un fenómeno mundial,  cambios de paradigmas de vida que habrá que volver analizar, pero en la Argentina, ha tomado características particulares marcadas por el avance impúdico de la corrupción, la decadencia moral y la falta de valores, la demagogia y la falta de justicia, en todos los extractos sociales, desde los mas encumbrados a los más humildes.

    Para cambiar esta sociedad y mejorar la convivencia, que va a llevar más de 20 años lograrlo, es necesario empezar por respetar cada uno la ley, nos guste o no, decir si cuando sea si, decir no, cuando sea no, la verdad no hace falta ser justificada, solo así podremos exigir con autoridad moral que los demás cumplan con la ley. No le demos a nuestros hijos, doble discurso y no tratemos a los pobres como discapacitados. Pero básicamente exijamos a la justicia que cumpla el rol que le compete. Garantismo no es impunidad.  Mano firme no es mano dura. Trabajemos por la paz.

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    El error médico: una causa de muerte más frecuente de lo que creemos

    Introducción

    Cuando pensamos en las principales causas de muerte, solemos imaginar enfermedades cardiovasculares, cáncer o accidentes. Sin embargo, existe una amenaza silenciosa y muchas veces invisibilizada dentro del propio sistema de salud: el error médico. Diversos estudios internacionales y reportes institucionales han revelado que los errores médicos son una de las principales causas de fallecimiento, por encima de patologías conocidas y prevenibles. Reconocer esta realidad es el primer paso para prevenirla.

    ¿Qué se considera un error médico?

    El error médico se refiere a una falla no intencionada en el proceso de atención médica, que puede causar daño al paciente. Esto incluye:

    • Errores de diagnóstico: diagnósticos incorrectos, tardíos o pasados por alto.
    • Errores de medicación: dosis equivocadas, omisión de medicamentos necesarios o administración de medicamentos equivocados.
    • Errores quirúrgicos: intervenciones en el sitio incorrecto, uso inadecuado de técnicas, o problemas en la esterilización.
    • Errores en la comunicación: entre profesionales, o entre profesionales y pacientes.
    • Errores administrativos: registros médicos incorrectos, omisión de antecedentes clínicos relevantes.

    No todos los errores resultan en muerte, pero cuando se combinan múltiples fallas del sistema, la posibilidad de daño grave o fatal se incrementa.

    ¿Qué dicen los datos?

    Uno de los estudios más citados sobre el tema fue realizado por investigadores(1) de la Universidad Johns Hopkins en 2016, quienes estimaron que más de 250.000 personas mueren por año en EE. UU. debido a errores médicos, lo que lo ubicaría como la tercera causa de muerte después de las enfermedades cardíacas y el cáncer.

    Otros informes, como los del Institute of Medicine (IOM) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), coinciden en señalar que los errores médicos son una epidemia global, especialmente en sistemas sanitarios sobrecargados, fragmentados o sin controles de calidad efectivos.

    Causas y factores de riesgo

    El error médico rara vez responde a una sola causa. Entre los factores más frecuentes encontramos:

    • Sobrecarga laboral y estrés profesional
    • Falta de entrenamiento o actualización científica
    • Fallos en la comunicación clínica
    • Sistemas de salud desorganizados o mal informatizados
    • Ambientes laborales inadecuados para la toma de decisiones seguras
    • Presión económica o institucional sobre los profesionales de la salud

    Impacto en los pacientes y los profesionales

    Los errores médicos no solo generan consecuencias devastadoras para los pacientes y sus familias (muerte, discapacidad, pérdida de confianza en el sistema), sino que también afectan profundamente a los propios profesionales de la salud, quienes pueden experimentar estrés postraumático, culpa, ansiedad y riesgo de burnout.

    La cultura del silencio que a veces impera en torno al error médico impide que se aprenda de los fallos, favoreciendo su repetición.

    ¿Cómo prevenirlos?

    La prevención de los errores médicos debe ser una prioridad en salud pública. Algunas estrategias efectivas incluyen:

    • Protocolos clínicos estandarizados y guías de práctica actualizadas.
    • Revisión multidisciplinaria de casos complejos o adversos.
    • Comunicación efectiva entre niveles de atención.
    • Uso seguro de tecnologías de la información en salud (HIS, alertas clínicas).
    • Capacitación continua en seguridad del paciente.
    • Apoyo institucional para la notificación voluntaria de errores sin sanciones punitivas.

    ¿Y en América Latina?

    En muchos países de América Latina, incluido Argentina, el subregistro y la falta de sistemas unificados de información impiden tener cifras exactas. No obstante, distintos estudios y experiencias judiciales muestran que el problema también es significativo. La falta de auditorías clínicas, la sobrecarga hospitalaria, la judicialización de la medicina y la precarización laboral son factores que potencian los riesgos.

    Conclusión

    El error médico es una realidad ineludible y dolorosa que debe ser enfrentada con responsabilidad, transparencia y políticas públicas. No se trata de buscar culpables individuales, sino de fortalecer un sistema sanitario más seguro, humano y eficaz. Solo así podremos garantizar el derecho fundamental a una atención médica de calidad para todos.