La imagen es de un paciente hospitalizado, con soporte vital y muerte cerebral

Muerte Digna. Conceptos y definiciones

El caso de Marcelo Diez, reactivó en la opinión pública el tema sobre Muerte Digna, por tal motivo considero de interés recordar algunos conceptos y definiciones sobre terminología relacionada a este tema.

La historia trágica de Marcelo Diez (M.A.D), comienza el domingo 23 de octubre de 1994, fecha en la que el joven tenía programado primero ir a votar y después comer un asado en la chacra familiar de Plottier en Neuquén, pero un penoso accidente no le permitió cumplir con lo proyectado. Su moto colisionó con un auto en la ruta y sufriendo un severo traumatismo craneoencefálico con politraumatismos graves. Cuando despertó en la terapia intensiva, se encontraba seriamente comprometido físicamente, se comunicaba con los ojos, podía leer, señalaba con la mirada. Cuando ya iba a ser trasladado a terapia intermedia, una infección intrahospitalaria lo complicó más, llevándolo a un estado vegetativo permanente. Se le realizó innumerables tratamientos en distintas instituciones médicas: Fundación Favaloro, clínica Bazterrica, ALPI, sin resultados positivo.

Los padres de Marcelo decidieron cuidarlo ellos mismos y acondicionaron un cuarto especial en su casa. Los años pasaron y la pareja murió y sus hermanas, Andrea y Adriana,  fueron desde ese momento las encargadas de tomar las decisiones: «No escucha, no ve, no entiende, no responde a ningún estímulo concreto», dijeron en reiteradas oportunidades para reclamar la Muerte Digna para su hermano.

Los profesionales que lo atendían, negaron el pedido, por lo que las hermanas recurrieron a la Justicia en 2009 para que autorizaran el retiro de toda medidas terapéuticas incluyendo el soporte vital y que no se le practicaran nuevas acciones invasivas para que Marcelo pudiera finalmente descansar.

Los numerosos comités médicos que revisaron el caso de MAD, dijeron que su estado era irreversible, pero la jueza rechazó el pedido de las hermanas, por lo cual, se apeló la sentencia en los distintos estrados judiciales hasta llegar a la Corte Suprema de la Nación en el año 2013, quienes fallaron a favor de las hermanas con fundamentos muy sólidos y dignos de ser analizados detenidamente.

Volviendo al objetivo de definir algunos términos bioéticos asociados con el tema, debemos decir que se considera:

Muerte Digna u Ortotanasia: es el derecho de un paciente, con una enfermedad irreversible, progresiva e incurable en estado terminal, de rechazar todo procedimiento terapéutico, ya sea farmacológico, quirúrgico, reanimación e incluyendo lo que se conoce como Soporte Vital de Vida, (hidratación, alimentación, etc.), por considerar que todos ellos resultan extraordinarios y desproporcionados en relación a la perspectiva de mejora e incluso generarle al paciente mas dolores y padecimientos.

Otras definiciones significativas de conocer y diferenciar, son los criterios médicos de “Enfermedad Terminal” (ET) y “Estado Vegetativo Permanente” (EVP). La diferencia entre estos términos es importante, no solo porque se habla de procesos patológicos distintos, sino que desde el punto de vista médico legal y judicial tienen diferente implicancias. Por un lado, la mayoría de las legislaciones reconocen explícitamente el derecho a la muerte digna en las enfermedades terminales, no así en los estados vegetativos permanentes, por no ser una enfermedad terminal, ejemplo de esto último es en la provincia de Córdoba, cuya ley de Muerte Digna (10.058), no permite retirar el soporte básico de vida en los EVP, esto sería motivo de otro análisis. Por otro lado, excepto en los casos en que los pacientes han realizado con anterioridad una Declaración de Voluntad Anticipada (DVA), en patologías como el EVP, la decisión de rechazar o no los procedimientos terapéuticos, lo deben hacer los familiares del paciente, con lo cual lleva a muchas controversias y derivaciones judiciales.

Se considera Enfermedad terminal: aquella que se manifiesta como una enfermedad avanzada, progresiva e incurable, sin respuesta al tratamiento específico, con síntomas multifactoriales, y pronóstico de vida no mayor a seis meses, por ejemplo, etapas finales de cánceres, enfermedad de la motoneurona, insuficiencia orgánica específica (renal, cardíaca, hepática, etc.)

Por otro lado, el Estado Vegetativo (EV), es una condición patológica, en la que el paciente no tiene conciencia de si mismo o del entorno e incapacidad total para interactuar con otros. Carecen de actividad voluntaria. Tienen ausencia de respuesta sostenida, reproducible, propositiva y voluntaria al estimulo visual, auditivo, táctil o nociceptivo. Presentan ausencia total de expresión o compresión del lenguaje con preservación de la actividad hipotalámica y tronco encefálico por lo que mantienen espontáneamente las constantes y funciones vitales (respiración, función cardíaca, intestinal, el ritmo sueño-vigilia, etc.). Presentan incontinencia fecal y vesical. Preservación variable de los reflejos en nervios craneales y espinales. Esta patología puede presentarse como secuela de un traumatismo craneoencefálico severo, o de algunas intoxicaciones o accidentes, con daño severo de la corteza cerebral. Se diferencia de la anterior en que son patologías en que los pacientes, pueden estar estables en sus funciones vitales y sobrevivir mucho tiempo, años, sin contacto con el medio ambiente.

El Estado Vegetativo puede ser Transitorio cuando dura menos de un mes, Persistente entre un mes y un año y Permanente, más de un año, este último es el único E. V. que puede entrar dentro de las consideraciones de muerte digna.

Otros términos que debemos conocer y diferenciar son:

Eutanasia: La etimología: eu thánatos: bien muerte, buena muerte, morir bien, tiene un significado más específico que es procurar la muerte sin dolor a aquellos que sufren. Este significado es muy amplio y aquí entrarían desde el asesinato al niño que nace disminuido hasta la colaboración en el suicidio de alguien que sufre, desde la eliminación del anciano hasta la abstención del tratamiento para no alargar una agonía sin esperanza. Cada uno de estos casos recibiría un juicio ético distinto. En la actualidad en pocos lugares del mundo es aceptado esta practica. En Argentina no es legal.

Hoy entendemos técnicamente por eutanasia el llamado “homicidio por compasión”, es decir, causar la muerte de otro, con acciones u omisiones, por “piedad” ante su sufrimiento. La mayoría de las definiciones, incluye exclusivamente a una práctica médica, a mi criterio, compete a cualquiera allegado al paciente que por considerar que es un hecho de compasión, por acción u omisión de actos ocasiona la muerte de un paciente que sufre alguna enfermedad incurable.

Distanasia: Es lo opuesto a la Eutanasia, es el mal morir, con intensos dolores, disconfor y/o con encarnizamiento terapéutico, sin objetivo científico de mejorar el estado de salud.

Muerte asistida: Es cuando terceros realizan tareas conducentes a colaborar con la decisión de un enfermo terminal o un gran discapacitado a ocasionarse la muerte. La decisión de morir es del paciente, que por distintas razones se ve imposibilitado a concretarlo y necesita de un tercero para lograrlo, por ejemplo, un cuadripléjico (inmovilidad de los cuatro miembros) necesita que alguien le acerque el veneno para libremente ingerirlo y acabar con lo que considera su sufrimiento. Algunos lo consideran una forma de eutanasia.

Encarnizamiento terapéutico: (obstinación o ensañamiento) Se considera la aplicación de tratamientos inútiles o desproporcionadamente caros o molestos, a los fines de prolongar una vida biológica, en pacientes con enfermedades irreversibles y terminales.

En relación a los Cuidados Paliativos, según definición de la OMS, «son un modo de abordar la enfermedad avanzada e incurable que pretende mejorar la calidad de vida tanto de los pacientes que afrontan una enfermedad como de sus familias, mediante la prevención y el alivio del sufrimiento a través de un diagnóstico precoz, una evaluación adecuada y el oportuno tratamiento del dolor y de otros problemas tanto físicos como psicosociales y espirituales».

Los cuidados paliativos afirman la vida y consideran a la muerte como un proceso natural, no la aceleran ni la retrasan, simplemente trata de mantener la mejor calidad de vida posible hasta la muerte. Se administran conjuntamente con el tratamiento terapéutico y cuando estos se han retirado por la evolución de la enfermedad, continúan acompañando al enfermo para aliviar la sintomatología.

La ley nacional 26.529,  con las modificaciones realizadas por la ley 26.742, es bastante clara en sus conceptos y si los profesionales de la salud, más allá de sus objeciones de conciencia, se atienen estrictamente a la letra de la ley, no deberían tener inconveniente con la justicia federal, a la hora de atender la voluntad del paciente cuando el diagnóstico y el pronostico del enfermo es incuestionable. Tampoco es necesario solicitar autorización judicial para tomar las medidas necesarias a los fines de respetar el mandato del enfermo o el de los familiares responsables, dejando todo bien documentado y asentado en el consentimiento informado e historia clínica a los fines de deslindar responsabilidades. Por supuesto, que los cuidados y tratamientos paliativos, siempre deben acompañar al paciente y a su familia hasta el momento de su muerte.

No toda la legislación, de las distintas provincias Argentinas, es tan clara a la hora de enmarcar los criterios que considerar legal la Muerte Digna, por ejemplo la ley 10.058 de la Provincia de Córdoba, no permite la suspensión del Soporte Vital Básico, (hidratación, alimentación, etc.), por lo que impide que la enfermedad tenga una evolución natural.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia N° 376/2013 (49D)/CS1, claramente expresa en sus fundamentos que, en los casos como el de Marcelo Diez, no deberían judicializarse porque los profesionales de la salud, tienen un respaldo irrenunciable en la ley nacional de Muerte Digna, aunque estos criterios no son aplicables en todas las provincias argentinas por igual, lo que lleva a una enorme diferencia intra país. Este tipo de diferencia debería allanarse a los fines de permitir a los profesionales de la Salud actuar con criterios científicos y lógicos e impedir el encarnizamiento terapéutico ya sea por motivos científicos o comerciales.

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    Incapacidad, discapacidad y minusvalía en Argentina: diferencias legales.

    1. Introducción

    A diario se reciben consultas de personas que necesitan por distintos motivos un certificado de discapacidad. Los motivos invocados han sido entre otros supuestos diagnósticos el máculopatia, espondilitis anquilosantes, manchas en el cerebro con cefalea, tartamudez, etc. evidenciando un claro desconocimiento de las implicancias y alcances de este concepto legal y las diferencias conceptuales con el de incapacidad y minusvalia.

    A continuación se presenta un artículo profesional y jurídico-informativo que explica con precisión las diferencias entre incapacidad, discapacidad y minusvalía en el marco de las leyes argentinas, incluyendo una diferenciación de los tipos de incapacidad (parcial, total, transitoria y permanente), ejemplos y referencias bibliográficas normativas.


    En el lenguaje cotidiano, los términos incapacidad, discapacidad y minusvalía suelen usarse de forma intercambiable. Sin embargo, desde una perspectiva legal y técnico-médica en Argentina, cada concepto tiene significados distintos con implicancias jurídicas, administrativas y sociales propias. Entender estas diferencias es fundamental para profesionales del derecho, la medicina, la seguridad social, las aseguradoras, las empresas y para las propias personas afectadas.


    2. Concepto de discapacidad

    En el ordenamiento jurídico argentino, la discapacidad se entiende dentro del paradigma de derechos humanos. Según la Ley 24.901 y su actualización en la Ley 27.793, se considera que existe discapacidad cuando una persona tiene deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con barreras, pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás. (Argentina)

    Esta definición está alineada con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incorporada con jerarquía constitucional en Argentina (Ley 26.378 y Ley 27.044), que pone el foco en la interacción persona-entorno y no solo en la condición médica. (Argentina)

    La discapacidad no implica automáticamente limitación de la capacidad jurídica ni de ejercicio; las personas con discapacidad tienen pleno derecho a tomar decisiones y ejercer sus derechos, salvo casos excepcionales determinados por un juez. (Argentina)

    Ejemplo:
    Una persona con baja visión que no dispone de soporte accesible para la lectura (fuentes grandes o tecnología asistiva) enfrenta una barrera que puede traducirse en discapacidad porque limita su participación plena en educación o trabajo.


    3. Concepto de incapacidad

    La incapacidad es un concepto que, en Argentina, tiene diversas connotaciones según el contexto:

    3.1. Incapacidad jurídica

    En el ámbito del Código Civil y Comercial, la incapacidad se refiere a la limitación o privación de la capacidad de ejercicio de derechos por decisión judicial cuando una persona no puede comprender o dirigir sus actos por sí misma. Esta incapacidad —y cualquier limitación de la capacidad jurídica— debe ser declarada por un juez y es revisable. (Argentina)

    3.2. Incapacidad laboral o funcional

    En el derecho laboral y de riesgos del trabajo, la incapacidad se refiere a la reducción o pérdida de la capacidad laboral o funcional de una persona como consecuencia de una lesión, enfermedad, accidente u otro evento. Este tipo de incapacidad se cuantifica en porcentaje y sirve para la determinación de prestaciones indemnizatorias o pensiones.

    Tipos de incapacidad laboral según la reducción de la capacidad funcional:

    • Incapacidad permanente total (IPT): cuando la disminución de la capacidad laboral es igual o superior a cierto umbral (por ejemplo, ≥66 % según criterios médicos-jurídicos). (Infoleg)
    • Incapacidad permanente parcial (IPP): cuando la disminución es inferior a ese umbral. (Infoleg)

    Además, la incapacidad puede clasificarse temporalmente:

    • Incapacidad transitoria: aquella cuya duración es limitada y puede modificarse con tratamiento, rehabilitación o con el transcurso del tiempo.
    • Incapacidad permanente: cuando la afectación funcional se considera estable, irreversible o de larga duración. (Argentina)

    Ejemplo de incapacidad laboral:
    Un trabajador que sufre un accidente y pierde movilidad en una mano, recupera parcialmente la función tras rehabilitación y no puede realizar tareas finas con esa mano, puede recibir una incapacidad permanente parcial (porcentaje bajo) según la evaluación médica legal.


    4. Concepto de minusvalía

    El término minusvalía tiene un uso principalmente histórico y sociológico, reflejando un enfoque médico-rehabilitador tradicional que consideraba a la persona desde su déficit funcional. En Argentina, este término ha sido progresivamente reemplazado por “discapacidad” en la legislación moderna en correspondencia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. (Infoleg)

    Aunque aún aparece en normas antiguas o en ciertos criterios técnicos (como evaluaciones de riesgos del trabajo o expectativa funcional residual), su uso actual se considera anticuado y se tiende a evitar frente al enfoque de derechos vigente.

    Ejemplo comparativo:
    Un texto legislativo antiguo podría referirse a una “minusvalía funcional” de una pierna, mientras que la normativa moderna describe una “discapacidad” en términos de barreras sociales y funcionales y sus efectos en la participación.


    5. Diferencias clave entre incapacidad, discapacidad y minusvalía

    ConceptoNaturalezaÁmbito principalConsecuencias
    DiscapacidadSocial y derechos humanosInclusión social, acceso a prestacionesAcceso a beneficios (CUD, educación inclusiva, empleo, etc.)
    IncapacidadFuncional/legalJurídico/ laboral/seguridad socialRestricciones de capacidad jurídica o indemnizaciones laborales
    MinusvalíaMédico-rehabilitador históricoEvaluación funcional tradicionalConcepto descriptivo (menos usado actualmente)

    6. Ejemplos prácticos

    1. Caso de incapacidad jurídica:
      Un adulto mayor con deterioro cognitivo severo no puede gestionar sus bienes; un juez puede declarar incapacidad y designar un curador.
    2. Caso de incapacidad laboral permanente parcial:
      Un operario que pierde parte de la función en un brazo tras un accidente y recibe un porcentaje de incapacidad del 30 %, generando una compensación económica específica.
    3. Caso de discapacidad:
      Una persona con parálisis cerebral puede tener discapacidad cuando los entornos no son accesibles para su participación plena en educación o empleo.

    7. Conclusiones

    En Argentina, discapacidad, incapacidad y minusvalía representan conceptos jurídicos y técnicos distintos. La discapacidad tiende a ser definida desde un enfoque de derechos humanos y participación social. La incapacidad se usa comúnmente en contextos laborales y jurídicos (incluyendo capacidad jurídica y capacidad laboral), y la minusvalía es un término histórico con poca vigencia normativa actual.

    Entender estas diferencias ayuda a interpretar correctamente las normas aplicables, a brindar asesoramiento técnico adecuado y a gestionar derechos y prestaciones con precisión.


    8. Referencias bibliográficas

    1. Ley 24.901 — Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad. (Argentina)
    2. Ley 27.793 — Actualización de la Ley de Discapacidad. (Argentina)
    3. Ley 26.378 y Ley 27.044 — Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. (Argentina)
    4. Código Civil y Comercial de la Nación — Limitaciones de capacidad e incapacidad jurídica (Explicación en portal Argentina.gob.ar). (Argentina)
    5. Evaluación de incapacidad laboral y definiciones de incapacidad permanente parcial y total. (Infoleg)

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    Dejar de fumar: cómo dar el paso más importante para tu salud

    Cada año, más de 8 millones de personas mueren en el mundo por causas relacionadas con el tabaco, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). Cerca de dos tercios de los fumadores actuales fallecerán por una enfermedad asociada al tabaquismo, que sigue siendo la principal causa evitable de muerte a nivel global.

    ¿Por qué es tan difícil dejar de fumar?

    Fumar no es solo una adicción física a la nicotina, sino también un hábito profundamente ligado a situaciones cotidianas como comer, conducir, tomar café o lidiar con el estrés, el aburrimiento o la tristeza. Esta asociación emocional y conductual hace que dejar de fumar sea un desafío, pero no imposible.

    Lo que hay detrás de un cigarrillo

    • La nicotina crea una fuerte dependencia, similar a la de otras drogas.
    • El humo del tabaco contiene más de 7.000 sustancias químicas, muchas de ellas cancerígenas, que pueden causar enfermedades como:
      • Cáncer de pulmón, boca, garganta, laringe y esófago
      • Bronquitis crónica
      • Enfisema pulmonar
      • Enfermedades cardiovasculares

    Cómo dejar de fumar: pasos prácticos para lograrlo

    1. Haz un plan para dejar de fumar

    Contar con un plan personalizado mejora notablemente las probabilidades de éxito. Este debe incluir estrategias para manejar los síntomas de abstinencia, los antojos intensos y las emociones asociadas.

    2. Elegí una fecha para dejar de fumar

    No postergues la decisión. Puedes elegir un día con significado personal, uno que sea menos estresante o sumarte a campañas como el Día Mundial Sin Tabaco (31 de mayo) o el Gran Día de No Fumar (tercer jueves de noviembre, en EE.UU.). Si decidís dejarlo de forma espontánea, asegúrate de tener tu plan listo.


    Preparación antes del día clave

    • Agéndalo en tu calendario. Es un hito importante en tu vida.
    • Consulta a un profesional de salud. Hay tratamientos farmacológicos, como chicles, parches, pastillas, inhaladores y spray de nicotina, además de terapias conductuales basadas en evidencia.
    • Pedí apoyo. Informa a familiares, amigos y colegas. Hazlos parte de tu red de contención.
    • Limpia tu entorno. Elimina cigarrillos, ceniceros y encendedores de tu casa, auto y oficina. También es recomendable una limpieza dental profesional para renovar el aliento y reducir el deseo físico.
    • Reemplazos saludables. Ten a mano chicles sin azúcar, frutas, bastones de apio o canela, o pelotas antiestrés.
    • Busca apoyo grupal. Hay grupos presenciales y virtuales que acompañan el proceso.

    Estrategias para superar los primeros días

    • No fumes, ni “sólo uno”.
    • Si usas terapia de reemplazo de nicotina, seguí las indicaciones con constancia.
    • Recuerda tus motivos: tu salud, tu familia, tu economía, tu libertad.
    • Hidrátate bien: agua, infusiones o jugos naturales.
    • Mantente activo: camina, baila, haz ejercicio.
    • Evita los disparadores: lugares, personas o rutinas que te inciten a fumar.
    • Participa en sesiones de apoyo o consejería.
    • Practica técnicas de relajación: respiración profunda, meditación, mindfulness.
    • Mantén tus manos ocupadas: tejer, dibujar, escribir, armar rompecabezas.

    Reflexiona y aprende del pasado

    Si ya intentaste dejar de fumar antes, analiza qué funcionó y qué no. Identifica tus desencadenantes y piensa nuevas formas de afrontarlos. Escribí tus emociones o mantén un diario para reconocer patrones y fortalecer tu compromiso.


    Tu decisión cambia tu vida

    Dejar de fumar no es un acto de fuerza de voluntad aislado, sino un proceso que requiere acompañamiento, preparación y paciencia. Cada día sin fumar es una victoria para tu cuerpo y tu bienestar emocional.


    ¿Quieres acompañamiento profesional para dejar de fumar? Consulta con tu médico o acércate a un centro de salud.

    Fuente: Jon Ebbert, MD , médico empleado de la División de Atención Primaria de Salud de la Comunidad (ECH) y de la Medicina Interna (PCIM). Centro de Dependencia de la Nicotina en Rochester  Clínica Mayo. USA

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    Sabía que el ejercicio es bueno para sus ojos y su visión?

    Por:  Richard Gans, MD

    Sabía usted que el ejercicio es bueno no solo para tonificar los músculos o adelgazar, sino simplemente para mantenerse saludable y sentirse mejor. Sin embargo, es posible que no sepa, que hacer mucho ejercicio también puede ayudar a preservar su visión.

    Varios estudios realizados en los últimos 10 años han encontrado conexiones entre el ejercicio regular y la reducción de los riesgos de varias enfermedades oculares comunes, como cataratas , degeneración macular exudativa relacionada con la edad  y glaucoma.

    En algunos casos, una buena dieta y ejercicio ayudan a evitar problemas de salud que no están relacionados directamente con los ojos, pero que a veces secundariamente los dañan (diabetes tipo 2, por ejemplo). Si no se controla la diabetes correctamente, puede dañar los vasos sanguíneos de la retina y conducir a la ceguera.

    Los problemas de visión y enfermedades oculares también pueden derivar de la presión arterial alta y el colesterol alto. Una dieta saludable y el ejercicio regular son dos de los pasos más importantes que puede tomar para bajar ambos.

    El estudio apunta a un problema creciente

    Un estudio de 2016 confirma  que cada uno de nosotros debería hacer todo lo posible para mantener la salud de los ojos porque la discapacidad visual y la ceguera afectar seriamente nuestra calidad de vida.

    Los investigadores predicen que, a medida que la población crezca, la cantidad de personas con discapacidad visual o ciega se duplicará para 2050, y las tasas ya están aumentando en todo el mundo. La detección regular de enfermedades   oculares puede ayudar a combatir este problema.

    ¿Qué puedes hacer?

    1. Visite a su oculista regularmente.  Colabore con su oculista para programar exámenes cada año o dos y asegúrese de tener la receta adecuada para sus anteojos.

    2. Hacer del ejercicio una prioridad.  Esto es especialmente importante a la luz de la investigación de los últimos 10 años que muestra que el ejercicio está asociado con menores riesgos para ciertas afecciones oculares, además de ofrecer otros beneficios sorprendentes .

    ¿Qué dice la investigación sobre las enfermedades oculares comunes y el ejercicio?

    Cataratas  Un estudio de 2013 encontró que ambas actividades «pueden estar asociadas con un menor riesgo de cataratas relacionadas con la edad». Un estudio de 2016 tuvo hallazgos similares, y agregó que la falta de actividad física puede estar asociada con un mayor riesgo de contraer cataratas.

    Degeneración macular relacionada con la edad (DMRE).  Un  estudio  de aproximadamente 4,000 adultos mayores de 15 años encontró que aquellos que eran activos y hacían ejercicio tres o más veces por semana tenían menos probabilidades de desarrollar AMD exudativa (húmeda).

    La DMAE húmeda se desarrolla cuando los vasos sanguíneos no deseados crecen debajo del centro de la retina y pierden sangre y líquido en el ojo.

    Glaucoma.  Los médicos tratan el glaucoma reduciendo la presión intraocular (ojo) alta. La investigación centrada en adultos jóvenes encontró que la intensidad moderada y el ejercicio de bajo impacto llevaron a reducciones significativas en la presión ocular.

    La Glaucoma Research Foundation exige un ejercicio regular y continuo, como caminar o trotar, para ayudar a reducir la presión ocular.

    RELACIONADO: Estos 7 hechos pueden ayudarlo a salvar su vista 

    El objetivo final de hacer ejercicios y los ojos

    Muchos estudios han analizado el impacto del ejercicio en todo, desde mejorar su salud mental hasta reducir los riesgos de enfermedades e incluso cáncer .

    Tiene sentido trabajar para mantenerse activo y hacer mucho ejercicio por muchas razones, incluidos los beneficios asociados con la salud ocular y la prevención de enfermedades oculares.

    Escrito por: Cleveland Clinic

  • Tu microbiota intestinal te habla: lo que comes puede cambiar tu salud

    ¿Sabías que en tu cuerpo conviven billones de bacterias que influyen directamente en tu salud, tu sistema inmunológico y hasta tu estado de ánimo? Esta comunidad microscópica, llamada microbiota intestinal, es tan importante como cualquier órgano vital. Y lo que es más asombroso: lo que comes puede cambiarla, fortalecerla o debilitarla.

    En las últimas décadas, la ciencia ha confirmado algo que antes se intuía: la dieta es clave en el equilibrio de nuestra microbiota. Comer bien no solo sirve para mantener un peso saludable; también puede ayudarnos a prevenir enfermedades crónicas como la obesidad, la diabetes tipo 2, enfermedades cardiovasculares, neurológicas o incluso ciertos tipos de cáncer.

    ¿Qué es la microbiota intestinal y por qué debería importarte?

    La microbiota es el conjunto de bacterias, hongos, virus y otros microorganismos que viven en nuestro intestino, sobre todo en el colon. Se calcula que tenemos tantas bacterias como células propias. Y lejos de ser invasores, estos microbios son nuestros aliados: nos ayudan a digerir alimentos, producir vitaminas, entrenar al sistema inmune y defendernos de infecciones.

    Este ecosistema empieza a formarse desde el nacimiento, influido por el tipo de parto, la lactancia y el entorno. A los dos o tres años, la microbiota alcanza una composición más estable, aunque sigue siendo muy sensible a lo que comemos, a los medicamentos que tomamos y a nuestro estilo de vida.

    Dime qué comes y te diré cómo está tu microbiota

    Distintos estudios han demostrado que personas que siguen una alimentación rica en fibra, frutas, vegetales y legumbres tienen una microbiota más diversa y saludable. En cambio, las dietas altas en grasas, azúcares y alimentos ultraprocesados tienden a reducir esa diversidad y favorecer bacterias asociadas a enfermedades.

    Un ejemplo impactante: los niños de comunidades rurales africanas, cuya dieta es rica en fibra vegetal, tienen una microbiota muy diferente —y más saludable— que los niños de países industrializados, que consumen más proteínas animales y menos fibra.

    Este equilibrio es tan delicado que cambios bruscos en la alimentación, el uso excesivo de antibióticos o el estrés pueden alterar la microbiota y generar lo que se llama disbiosis, un estado asociado a diversas enfermedades.

    ¿Qué podés hacer para cuidar tu microbiota?

    • Aumenta la fibra: incorpora frutas, verduras, legumbres y cereales integrales. La fibra alimenta a tus bacterias buenas.
    • Reduce los ultraprocesados: evita los alimentos ricos en grasas saturadas, azúcares y aditivos.
    • Incorpora prebióticos y probióticos: los primeros (como la inulina o los fructooligosacáridos) están en alimentos como el ajo, la cebolla o el puerro. Los segundos, como el yogur o el kéfir, contienen bacterias vivas beneficiosas.
    • Evita el uso innecesario de antibióticos: úsalos solo cuando son indicados por un profesional. Cada antibiótico elimina no solo bacterias “malas”, sino también muchas de las “buenas”.

    Más allá de la comida: un enfoque integral

    Cuidar la microbiota es cuidar tu salud integral. Hoy en día hablamos incluso de “nutrición de precisión”, una forma de alimentación que busca personalizar la dieta en función de nuestras bacterias intestinales. Esto podría convertirse, en un futuro cercano, en parte del tratamiento médico para prevenir o revertir enfermedades crónicas.

    En definitiva, tu microbiota te habla todos los días, a través de tu digestión, tu energía y tu inmunidad. Escucharla y alimentarla bien puede ser una de las decisiones más importantes para tu salud a largo plazo.


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    El error médico: una causa de muerte más frecuente de lo que creemos

    Introducción

    Cuando pensamos en las principales causas de muerte, solemos imaginar enfermedades cardiovasculares, cáncer o accidentes. Sin embargo, existe una amenaza silenciosa y muchas veces invisibilizada dentro del propio sistema de salud: el error médico. Diversos estudios internacionales y reportes institucionales han revelado que los errores médicos son una de las principales causas de fallecimiento, por encima de patologías conocidas y prevenibles. Reconocer esta realidad es el primer paso para prevenirla.

    ¿Qué se considera un error médico?

    El error médico se refiere a una falla no intencionada en el proceso de atención médica, que puede causar daño al paciente. Esto incluye:

    • Errores de diagnóstico: diagnósticos incorrectos, tardíos o pasados por alto.
    • Errores de medicación: dosis equivocadas, omisión de medicamentos necesarios o administración de medicamentos equivocados.
    • Errores quirúrgicos: intervenciones en el sitio incorrecto, uso inadecuado de técnicas, o problemas en la esterilización.
    • Errores en la comunicación: entre profesionales, o entre profesionales y pacientes.
    • Errores administrativos: registros médicos incorrectos, omisión de antecedentes clínicos relevantes.

    No todos los errores resultan en muerte, pero cuando se combinan múltiples fallas del sistema, la posibilidad de daño grave o fatal se incrementa.

    ¿Qué dicen los datos?

    Uno de los estudios más citados sobre el tema fue realizado por investigadores(1) de la Universidad Johns Hopkins en 2016, quienes estimaron que más de 250.000 personas mueren por año en EE. UU. debido a errores médicos, lo que lo ubicaría como la tercera causa de muerte después de las enfermedades cardíacas y el cáncer.

    Otros informes, como los del Institute of Medicine (IOM) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), coinciden en señalar que los errores médicos son una epidemia global, especialmente en sistemas sanitarios sobrecargados, fragmentados o sin controles de calidad efectivos.

    Causas y factores de riesgo

    El error médico rara vez responde a una sola causa. Entre los factores más frecuentes encontramos:

    • Sobrecarga laboral y estrés profesional
    • Falta de entrenamiento o actualización científica
    • Fallos en la comunicación clínica
    • Sistemas de salud desorganizados o mal informatizados
    • Ambientes laborales inadecuados para la toma de decisiones seguras
    • Presión económica o institucional sobre los profesionales de la salud

    Impacto en los pacientes y los profesionales

    Los errores médicos no solo generan consecuencias devastadoras para los pacientes y sus familias (muerte, discapacidad, pérdida de confianza en el sistema), sino que también afectan profundamente a los propios profesionales de la salud, quienes pueden experimentar estrés postraumático, culpa, ansiedad y riesgo de burnout.

    La cultura del silencio que a veces impera en torno al error médico impide que se aprenda de los fallos, favoreciendo su repetición.

    ¿Cómo prevenirlos?

    La prevención de los errores médicos debe ser una prioridad en salud pública. Algunas estrategias efectivas incluyen:

    • Protocolos clínicos estandarizados y guías de práctica actualizadas.
    • Revisión multidisciplinaria de casos complejos o adversos.
    • Comunicación efectiva entre niveles de atención.
    • Uso seguro de tecnologías de la información en salud (HIS, alertas clínicas).
    • Capacitación continua en seguridad del paciente.
    • Apoyo institucional para la notificación voluntaria de errores sin sanciones punitivas.

    ¿Y en América Latina?

    En muchos países de América Latina, incluido Argentina, el subregistro y la falta de sistemas unificados de información impiden tener cifras exactas. No obstante, distintos estudios y experiencias judiciales muestran que el problema también es significativo. La falta de auditorías clínicas, la sobrecarga hospitalaria, la judicialización de la medicina y la precarización laboral son factores que potencian los riesgos.

    Conclusión

    El error médico es una realidad ineludible y dolorosa que debe ser enfrentada con responsabilidad, transparencia y políticas públicas. No se trata de buscar culpables individuales, sino de fortalecer un sistema sanitario más seguro, humano y eficaz. Solo así podremos garantizar el derecho fundamental a una atención médica de calidad para todos.

  • Directivas Médicas Anticipadas: ejercer el derecho a decidir en vida

    ¿Qué son las Directivas Médicas Anticipadas?

    Las Directivas Médicas Anticipadas (DMA) son una herramienta legal y ética que permite a toda persona expresar, de forma escrita, qué tipo de atención médica desea o no desea recibir en caso de que en el futuro no pueda tomar decisiones por sí misma debido a una enfermedad grave, discapacidad o pérdida de conciencia.

    Son, en esencia, una manera de garantizar la autonomía personal incluso en situaciones de incapacidad. También alivian a las familias y profesionales de salud al ofrecer una guía clara sobre los deseos del paciente.


    Legislación Argentina sobre DMA

    En Argentina, las Directivas Médicas Anticipadas están reguladas por la Ley 26.529, modificada por la Ley 26.742 (Ley de Muerte Digna). Esta normativa establece que:

    • Toda persona capaz tiene derecho a aceptar o rechazar determinados procedimientos médicos o biológicos.
    • Se puede dejar constancia anticipada de estas decisiones mediante un documento escrito.
    • La persona puede designar un representante (familiar o persona de confianza) para que exprese su voluntad en caso de estar incapacitada.
    • Las decisiones deben respetar el principio de dignidad, autonomía y libertad personal.

    El Código Civil y Comercial de la Nación (vigente desde 2015) también reconoce estas figuras en sus artículos 59, 60 y 61, consolidando el derecho a la autodeterminación en materia sanitaria.


    Especificidades en la Provincia de Córdoba

    En Córdoba, las DMA están alineadas con la legislación nacional. El Ministerio de Salud de la Provincia y el Colegio de Médicos reconocen su validez siempre que se cumplan los requisitos formales.

    En 2022, el Ministerio de Salud emitió recomendaciones para la implementación de DMA en hospitales públicos, y promueve su registro formal. Aunque no existe un “registro provincial obligatorio”, es recomendable:

    • Informar al médico de cabecera o equipo de salud.
    • Incluir una copia en la historia clínica.
    • Registrar el documento ante un escribano o autoridad competente.

    ¿Qué se necesita para redactar una Directiva Médica Anticipada?

    1. Capacidad legal: La persona debe ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales.
    2. Documento escrito: Debe estar por escrito y firmado por el interesado. Es recomendable hacerlo ante escribano público o con dos testigos.
    3. Contenido claro:
      • Qué tratamientos acepta o rechaza (reanimación, ventilación mecánica, hidratación artificial, etc.).
      • Si desea donar órganos.
      • Designación de un representante.
    4. Consentimiento informado: Si es posible, acompañado de una consulta con un profesional de salud.

    ¿Qué profesionales intervienen?

    • Médico de cabecera o tratante: Es quien debe estar informado sobre la existencia de la DMA y respetarla.
    • Abogado/a o notario/a (opcional): Puede asesorar sobre la redacción legal del documento.
    • Escribano/a público/a: Para garantizar su autenticidad y facilitar su aceptación institucional.
    • Equipo interdisciplinario: En contextos hospitalarios, especialmente si hay dilemas éticos.

    Ejemplo de la vida real

    Imaginemos a Marta, una mujer de 75 años con diagnóstico temprano de Alzheimer. Antes de que su enfermedad avance, decide redactar una Directiva Médica Anticipada en la que deja claro que, si pierde la conciencia de manera irreversible, no desea ser sometida a respiración mecánica ni alimentación por sonda. Además, designa a su hija como su representante.

    Gracias a este documento, en el futuro sus deseos serán respetados, y su familia y médicos podrán actuar con claridad y sin culpa.


    Reflexión final

    Las Directivas Médicas Anticipadas son una herramienta poderosa y aún subutilizada. Promueven el respeto por la dignidad humana y ofrecen seguridad a todas las partes involucradas en la atención médica. En un contexto como el argentino, donde las decisiones en salud suelen ser postergadas o delegadas, promover su uso es un acto de ciudadanía y conciencia ética.

    Modelo de Directivas Médicas Anticipadas